Este Beneficio lo aplica el SII utilizando los antecedentes obtenidos a partir de la Declaración de Renta 2020, o bien por ingresos informados por el Instituto de Previsión Social u otras instituciones acreditadas.
Un total de 134.387 adultos mayores vulnerables han sido beneficiados con una rebaja del 100% o 50% del monto de sus contribuciones, gracias a la aplicación del beneficio realizado por el Servicio de Impuestos Internos.
Este Beneficio para Adultos Mayores (BAM) lo aplica el SII utilizando los antecedentes obtenidos a partir de la Declaración de Renta 2020, o bien por ingresos informados por el Instituto de Previsión Social u otras instituciones acreditadas.
Los adultos mayores beneficiados han estado recibiendo un correo electrónico o una carta a su domicilio, informándoles el porcentaje de disminución que les correspondió, así como el valor de cada cuota.
Concretamente, el BAM se aplicó en esta oportunidad a partir de las contribuciones con vencimiento en septiembre y noviembre de este año, así como en abril y junio de 2021, si cumplen con los requisitos establecidos en la Ley de Modernización Tributaria. En agosto del próximo año, el SII realizará un nuevo proceso de los antecedentes de los posibles beneficiados por esta medida.
El SII precisó que los contribuyentes que acceden a la rebaja del 50% de sus contribuciones están recibiendo el boletín para el pago del impuesto territorial, que incluye también el monto a pagar por concepto de aseo municipal (no incluido en este beneficio). En tanto, quienes acceden al 100% de rebaja de sus contribuciones, no reciben dicho boletín.
REQUISITOS PARA ACCEDER AL BAM
Para acceder al beneficio, los adultos mayores deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener sobre 60 años si es mujer y 65 si es hombre, cumplidos al 31 de diciembre del año anterior.
- El inmueble debe estar inscrito a su nombre en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces respectivo, al 31 de diciembre del año anterior.
- La inscripción esté realizada a nombre del beneficiario exclusivamente o en conjunto con su cónyuge, conviviente civil o en conjunto con lo hijos que hayan sucedido a su cónyuge fallecido.
- El inmueble debe pertenecer a la serie no agrícola y tener destino habitacional.
- El avalúo fiscal vigente del inmueble por el cual se hace efectiva la rebaja no debe exceder de $134.919.040 al 1 de julio de 2020.
- Si el contribuyente tiene varios inmuebles, la suma de los avalúos fiscales de los bienes raíces no debe exceder los $180.243.405 al 1 de julio de 2020.
- Para los contribuyentes cuyo ingreso mensual sea igual o inferior a $669.911 (13,5 UTA al año) en promedio, se aplicará una rebaja del 100% de las contribuciones.
- Si su ingreso mensual es superior a $669.911 (13,5 UTA al año) e inferior o igual a $ 1.488.690 (30 UTA al año) en promedio, se les aplicará una rebaja del 50% de sus contribuciones.
- Si el adulto mayor es propietario de varios inmuebles que cumplan con los requisitos, el beneficio se aplicará al que tenga el mayor avalúo, con destino habitacional.
CÓMO ACCEDER A BAM
El Servicio de Impuestos Internos es el encargado de realizar cada año, durante agosto, la revisión y evaluación de los propietarios de bienes raíces del país que cumplen con las condiciones para acceder al BAM.
Este beneficio se aplica de manera automática y se informa a través de un correo electrónico, o en su defecto por carta dirigida al domicilio, a los contribuyentes beneficiados. Las personas también pueden revisar en sii.cl si son beneficiarios de esta rebaja, en Servicios Online, menú Avalúo y Contribuciones, opción Beneficio del Adulto Mayor.
Si una persona considera que cumple con los requisitos pero no obtuvo el beneficio, puede acceder en la misma consulta disponible en www.sii.cl al detalle de cual o cuales fueron los requisitos que no se cumplen.
Si de todos modos considera que cumple los requisitos, podrá solicitar la revisión de su caso a través del mismo acceso anterior, opción Solicitudes de Bienes Raíces, adjuntando los documentos que respalden su solicitud. Para más información, ingresar aquí.
APLICACIÓN EN 2020
El SII consignó que, de manera excepcional, este año el beneficio se aplicó por primera vez con los nuevos requisitos establecidos en la Ley de Modernización Tributaria para las cuotas 1 y 2 del primer semestre, en base a los ingresos de 2018.
Durante agosto, se realizó un nuevo proceso, considerando la información recogida durante la declaración de Renta de este año sobre los ingresos de 2019, determinando su aplicación para las cuotas 3 y 4 de este año, y 1 y 2 del próximo, para 134.387 contribuyentes.
Además, el SII indicó que no hay un número máximo de personas que puedan acogerse al beneficio. Eso depende de quienes cumplen con cada uno de los requisitos de la ley al momento de la evaluación.
Así, entre un semestre y otro pueden existir diferencias en el número de beneficiados, producto de situaciones como el fallecimiento del propietario, la venta del bien raíz que tiene el beneficio y el cambio del destino de la propiedad (habitacional a comercial), entre otras.
Finalmente, el SII resaltó que, en base a las medidas adicionales establecidas por decreto supremo con ocasión de la emergencia sanitaria, los adultos mayores que cuenten con una disminución del 50% de sus contribuciones también podrán acceder a la postergación de las cuotas del segundo semestre de este año, si cumplen con los requisitos para hacerlo.
PURANOTICIA