Click acá para ir directamente al contenido
PURANOTICIA TV ×
PURANOTICIA TV EN VIVO
Ley de Inclusión Escolar: “Ningún estudiante deberá ser alejado de clases por presentación personal, creencias o situación socioeconómica”

Ley de Inclusión Escolar: “Ningún estudiante deberá ser alejado de clases por presentación personal, creencias o situación socioeconómica”

  • Compartir en Whatsapp
  • Compartir en LinkedIn

Entra en vigencia este 1 de marzo.

Ley de Inclusión Escolar: “Ningún estudiante deberá ser alejado de clases por presentación personal, creencias o situación socioeconómica”
Martes 23 de febrero de 2016 17:48
  • Compartir en Whatsapp
  • Compartir en LinkedIn

visitas

Según esta normativa, ningún estudiante deberá ser alejado de clases por presentación personal, creencias o situación socioeconómica.

A partir del 1 de marzo entrará en vigencia la Ley de inclusión en la educación aprobada el 26 de enero de 2016 y que regirá para todos los recintos del país.

La normativa señala que todos los establecimientos que reciban fondos públicos para su funcionamiento, deben transformarse en recintos "sin fines de lucro". Junto con aquello se contemplan otros aspectos que deben ser considerados por los padres antes del inicio del año escolar.

Dentro de éstos, uno de los cambios más sonados ha sido el hecho de que un estudiante no podrá ser suspendido o impedido de participar en alguna clase por su aspecto o por no tener algún elemento del uniforme.

La ley señala que "el sistema propenderá a eliminar todas las formas de discriminación arbitraria que impidan el aprendizaje y la participación de los estudiantes".

Actualmente, los colegios particulares subvencionados, además de recibir financiamiento del Estado, pueden cobrar un copago a las familias, seleccionar o elegir a sus estudiantes por razones religiosas, situación socioeconómica o rendimiento académico mediante pruebas a partir de los 11 años.

Si bien los establecimientos educacionales podrán fijar criterios obligatorios como, por ejemplo, de presentación personal, no pueden incluir medidas que discriminen arbitrariamente a los alumnos o sanciones que afecten su derecho a recibir educación.

De esta manera, los alumnos ya no pueden ser expulsados de las salas, como medida de castigo por no cumplir alguna normativa del reglamento interno.

PURANOTICIA

Cargar comentarios