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La tarde de este lunes, Comisión de Constitución del Senado vota el retiro del 10% de fondos de AFP

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La comisión está formada por Alfonso de Urresti (PS, presidente), Pedro Araya (Indep.), Francisco Huenchumilla (DC), Víctor Pérez (UDI) y Andrés Allamand (RN).

La tarde de este lunes, Comisión de Constitución del Senado vota el retiro del 10% de fondos de AFP
Lunes 20 de julio de 2020 08:04
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A contar de las 16:30 horas de este lunes, la Comisión de Constitución del Senado votará el proyecto de ley para el retiro del 10% de los fondos de la AFP, tras lo cual la iniciativa pasará a sala para su debate y votación.

El proyecto ya fue aprobado por la Cámara de Diputados el 15 de julio pasado.

La comisión está formada por Alfonso de Urresti (PS, presidente), Pedro Araya (Indep.), Francisco Huenchumilla (DC), Víctor Pérez (UDI) y Andrés Allamand (RN).

Se da por descontado que los tres primeros darán su aprobación, pero el resultado no es vinculante para la sala, que vería el proyecto este miércoles 22.

PROYECTO

La reforma establece una disposición transitoria que señala que excepcionalmente y para mitigar los efectos de la pandemia, se autoriza a los afiliados al sistema de AFP para que de forma voluntaria y por única vez, retiren hasta el 10% de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual.

Además, establece un monto máximo de retiro equivalente a 150 UF y un mínimo de 35 UF y en el caso de que el 10% de los fondos acumulados sea inferior a 35 UF, el afiliado podrá retirar hasta dicho monto. En el caso de que los fondos acumulados en la cuenta de capitalización individual sean inferiores a 35 UF, el afiliado podrá retirar la totalidad de los fondos acumulados en dicha cuenta.

También señala que los fondos retirados no constituirán renta o remuneración para ningún efecto legal y serán pagados en forma íntegra y no estarán afectos a comisiones o descuento alguno por parte de las AFP.

La entrega de los fondos se efectuará de la siguiente manera: El 50% en un plazo máximo de diez días hábiles de presentada la solicitud y el 50% restante, en el plazo máximo de treinta días hábiles a contar del desembolso anterior.

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