De esta forma, el tribunal desestimó los recursos de reposición presentados por las defensas del ex ministro Jaime Mañalich y de la subsecretaria de Salud Pública, Paula Daza.
El séptimo Juzgado de Garantía de Santiago confirmó el procedimiento para que la Fiscalía Centro Norte pueda acceder a los correos electrónicos del Ministerio de Salud, desestimando de esta forma los recursos de reposición presentados por las defensas del ex ministro Jaime Mañalich y de la subsecretaria de Salud Pública, Paula Daza.
Esta acción se enmarca en la investigación ante posibles responsabilidades penales en las muertes asociadas al Covid-19, razón por la que se solicitó acceso a las casillas de Jaime Mañalich; su ex jefa de gabinete, Itziar Linazasoro; y la subsecretaria Daza. No obstante, el Ministerio de Salud se negó y recurrió a la Corte Suprema para evitarlo.
Ante ello, el máximo tribunal del país autorizó a Fiscalía el acceso sólo a correos relacionados a los hechos denunciados, con excepción de los que impliquen la seguridad nacional y compra de insumos médicos.
En el marco de este proceso, el Juzgado de Garantía estableció un procedimiento para que la Fiscalía Centro Norte pueda acceder a los correos electrónicos. Así, se determina una copia A retenida, con los correso bajo cadena de custodia y sin acceso; y una copia B, donde el Ministro de Salud debe determinar cuáles son los documentos a los que puede acceder el ente persecutor, según consigna radio Biobío.
A este proceso también recurrieron los abogados de Mañalich y Daza, sin embargo se determinó que el procedimiento es acorde a lo indicado por la Corte Suprema.
En el fallo se indicó que "de no adoptarse dicho procedimiento, las autorizaciones concedidas por este tribunal y lo decidido al efecto por la Excelentísima Corte Suprema quedarían sin vigencia alguna y carentes de efecto práctico, en la medida que, para poder materializar la incautación de las comunicaciones electrónicas resulta indispensable que, en forma previa, se autorice al Ministerio Público para examinar la evidencia sobre la que recae la medida en los términos detallados en la resolución recurrida".
Cabe indicar que el ministro Enrique Paris acudió a la Corte Suprema para dejar sin efecto este procedimiento, acción que deberá ser revisada.
PURANOTICIA