El soporte con la contabilidad incautada a la filial incluye este y otros antecedentes que el Ministerio Público considera podrían ser constitutivos de eventuales delitos tributarios.
El Fiscal Nacional Sabas Chahuán envió un oficio al Servicio de Impuestos Internos (SII) con 23 facturas emitidas a SQM Salar por la empresa del ex recaudador de campañas de Michelle Bachelet, Giorgio Martelli (Asesorías y Negocios SpA), por tratarse de antecedentes que pudieran tener carácter de delito.
Según informó el mercurio este jueves, se trata de pagos que comenzaron en enero de 2012 y continuaron hasta diciembre de ese año por $8 millones.
También existe registro de otro grupo de facturas, que van de enero a octubre de 2013, por $15 millones las cinco primeras, $25 millones la sexta, $16 millones 666 mil la que sigue, y de julio en adelante por $8 millones 33 mil. En total, cerca de $246 millones.
Este es uno de los antecedentes relativos a Martelli que reseña el escrito que se envió al organismo fiscalizador, que incluye un CD con los documentos contables de SQM Salar incautados el pasado 17 de abril desde la filial de la minera.
El informe hace alusión además a la declaración prestada, en calidad de imputada, por la contadora Clara Bensan Jofré el mismo día de la incautación en SQM Salar.
En esa entrevista, la socia mayoritaria de la empresa Asesores en Gestión Integral Limitada -firma que aparece mencionada en la denuncia del SII, de 2 de abril, con dos facturas emitidas a la minera en 2009 y 2010, por $92 millones 750 mil- reconoce que nunca prestó servicios a SQM y que fue Martelli quien le pidió extender estos documentos tributarios para recaudar fondos para la campaña presidencial Eduardo Frei en 2009. Además, Bensan agregó que en cada pago que recibió le entregó a él el dinero en efectivo, informó el portal Emol.
Este jueves 30 de abril se cumple el plazo de prescripción para delitos cometidos en el año tributario 2010 (ejercicio comercial 2009).
Si se opta por la vía penal, en tanto, se aplican los plazos de prescripción común establecidos en el artículo 94 del Código Penal. Así, si se trata de una conducta castigada con una pena de simple delito el plazo es de cinco años. En cambio si la conducta es sancionada con una pena de crimen, el plazo se extiende a 10 años.
Pn/gm