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Este jueves 31 vence el plazo para restituir el bono Clase Media obtenido sin requisitos

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También vence el plazo para que los trabajadores dependientes y empresarios individuales que cumplan con los requisitos legales, puedan solicitar por última vez el Préstamo Solidario del Estado.

Este jueves 31 vence el plazo para restituir el bono Clase Media obtenido sin requisitos
Jueves 31 de diciembre de 2020 08:30
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El Servicio de Impuestos Internos (SII) advirtió que este jueves vence el plazo para que los trabajadores dependientes que accedieron al Bono Clase Media de $500.000, sin cumplir con los requisitos establecidos en la ley, puedan restituirlo a través del sitio web de la Tesorería General de la República, sin reajustes, multas ni intereses.

En el proceso de verificación del cumplimiento de requisitos establecido en la ley, el SII detectó 437.703 trabajadores dependientes que, de acuerdo a la información disponible en las Superintendencias de Seguridad Social y de Pensiones, Tesorería y BancoEstado, presentaban diferencias entre el monto que autodeclararon como sueldo tributable de julio de 2020 al momento de solicitar el bono y el calculado a partir de sus cotizaciones previsionales obligatorias o de lo efectivamente percibido.

Por lo mismo, el SII estableció este procedimiento para que los trabajadores restituyan los montos, o bien entreguen los antecedentes que demuestran que sí cumplían con la disminución de al menos un 30% en su sueldo tributable de julio pasado.

El SII hizo un llamado a quienes están en situación de restituir a que lo hagan dentro del plazo establecido y con ello evitar la aplicación de reajustes, multas e intereses.

En tanto, este jueves también vence el plazo para que los trabajadores dependientes y empresarios individuales que cumplan con los requisitos legales, puedan solicitar por última vez el Préstamo Solidario del Estado, correspondiente a diciembre.

Este beneficio estaba destinado a los trabajadores dependientes y empresarios individuales que registraron una disminución de -al menos- un 30%; respecto del promedio de las remuneraciones percibidas en 2019, en el caso de los trabajadores dependientes, o en la base del cálculo de los PPM, en el caso de los empresarios individuales, de acuerdo a lo establecido en la ley.

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