
El retirado oficial fue víctima de vejámenes entre agosto de 1973 a octubre de 1976.
El Décimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago condenó al fisco a pagar una indemnización total de $155 millones a un retirado oficial de la Armada, quien fue víctima de torturas entre agosto de 1973 a octubre de 1976.
En el fallo (causa rol 36.297-2017), la magistrada Rocío Pérez Gamboa ordenó el pago de la indemnización, tras establecer que el excabo segundo de la Armada, Teodosio Cifuentes Rebolledo, fue víctima de crímenes de lesa humanidad debido a que formó parte del grupo denominado "Marinos Constitucionalistas", por lo que fue sometido a vejámenes desde agosto de 1973 a octubre de 1976, en recintos de la Armada.
"Que en agosto de 1973, don Teodosio Cifuentes Rebolledo, de 26 años de edad, cabo 2° de la Armada de Chile, junto a otro grupo de marinos, tomó conocimiento de los intentos golpistas por parte de oficiales de la Armada de Chile, razón por la cual decidieron informar el hecho a las autoridades políticas y administrativas del país, por lo cual padeció una intensa persecución en su contra por parte de las autoridades militares de la época, siendo detenido por primera vez el 6 de agosto de 1973, por infantes de marina, quienes lo golpearon para llevarlo al cuartel Silva Palma, en Valparaíso", consigna el fallo.
La resolución indica que durante ese periodo, su cónyuge, Rosalía Delgado, junto a su pequeño hijo, y embarazada de su otra hija, concurrió a la escuela de submarinos, donde supuestamente se encontraba su marido, indicándole que este se encontraba detenido, comenzando también para ella y sus hijos un calvario por la detención de su marido y padre respectivamente", dice el fallo.
Cifuentes Rebolledo, detalla la resolución, estuvo desde el 30 de septiembre al 25 de octubre de 1973, detenido en la Cárcel Pública de Valparaíso, para ser trasladado a la Isla Melinka durante 1 año, donde fue torturado.
Luego, el 25 de junio de 1974 fue llevado a Puchuncavi de la Marina, donde estuvo por un mes, para finalmente ser conducido a la Cárcel Pública donde nuevamente fue torturado, estando allí hasta el 4 de octubre de 1976, fecha en que fue liberado.
"Toda vez que estos hechos y especialmente los descritos en los motivos 12° y 13° ocurrieron en un contexto de excepción a nuestra democracia, período en que se vulneraron de manera grave, sistemática y masivamente los derechos humanos de las personas oponentes al régimen de entonces o a simples civiles que no adherían a ningún movimiento político, con el único fin posible de amedrentar al resto de la población civil, todo ello cometido por agentes del Estado o por civiles amparados por éste", afirma el fallo.
PURANOTICIA