La Comisión Mixta de senadores y diputados también se estableció una pena de presidio y reclusión menor en todos sus grados, es decir hasta 5 años de cárcel.
La Comisión Mixta de senadores y diputados, encargada de zanjar las diferencias en torno al proyecto que busca combatir el comercio ilegal, consensuó elevar multas en un 400% y penas de cárcel para quienes vendan en la vía pública y de manera irregular.
La iniciativa que también busca combatir la piratería intelectual, dotando a las policías de mecanismos que faciliten la labor investigadora de esos ilícitos, quedó en condiciones de ser votada por la Sala de la Cámara de Diputados y posteriormente por la del Senado.
El acuerdo logrado por los parlamentarios incluye en la tipificación los delitos de propiedad industrial, en el sentido que se sancionará a quienes utilicen procedimientos engañosos o fraudulentos para tener beneficios de esa ley.
También se acordó que para poder contar con medidas intrusivas que permitan la investigación y las entregas vigiladas, se deberá tener la autorización de un juez.
Asimismo, se estableció una multa de 400% de los impuestos eludidos y una pena de presidio y reclusión menor en todos sus grados, es decir hasta 5 años de cárcel.
De este modo, se mantuvo la multa, pero se elevó la penalidad pues antes se establecía una pena de presidio en su grado medio.
En lo fundamental, se establece que las normas del proyecto serán aplicables a los delitos de falsificación o edición, reproducción o venta no autorizada de obras literarias, artísticas o científicas protegidas por la ley de propiedad intelectual.
Reproducción, distribución al público, introducción al país o adquisición para la venta de fonogramas, videogramas, discos fonográficos, cassettes, videocassettes, filmes o películas cinematográficas o programas computacionales protegidos por la ley de propiedad intelectual.
Comercialización a sabiendas de libros editados o impresos fraudulentamente o sin la debida autorización del titular de los derechos de autor.
Respecto a la receptación, se entenderá como el comercio ejercido a sabiendas sobre mercaderías, valores o especies de cualquiera naturaleza, sin que se hayan cumplido las exigencias legales relativas a la declaración y pago de los impuestos que graven su producción o comercio, y ejercicio clandestino del comercio y la industria.
PURANOTICIA