
El documento declaró inconstitucional la norma de titularidad sindical y la extensión de beneficios por afiliación.
El Tribunal Constitucional liberó este lunes el detalle del fallo que declaró la inconstitucionalidad de la titularidad sindical, y que además rechazó la extensión de beneficios por afiliación al sindicato de trabajadores. La decisión que tomó el organismo el pasado 27 de abril, calificó como inconstitucionales ciertas disposiciones del proyecto aprobado en el Congreso, tras ser cuestionado por parlamentarios de la oposición. Una medida que tomó por sorpresa al gobierno, ya que no se esperaba un revés en uno de sus principales proyectos, por lo que de inmediato surgió la posibilidad desde el Ejecutivo de recurrir a un veto presidencial para revertir la situación.
Desde La Moneda esperaban conocer los pormenores del fallo para determinar los pasos a seguir y sacar lo que se había denominado como el "corazón" de la Reforma Laboral. Finalmente, durante esta jornada se publicó la resolución de 325 páginas, donde se detallan los argumentos respecto a los artículos claves de la ley que fue despachada por el Senado a principios de abril.
Respecto de la titularidad sindical el fallo sostiene que "la Constitución establece que la negociación colectiva con la empresa en que laboren es un derecho de los trabajadores (artículo 19, Nº 16º, inciso quinto). En otras palabras, la titularidad del derecho para negociar colectivamente es de todos y cada uno de los trabajadores". De esta manera, se señala que la norma establecía una vulneración a las normas constitucionales sobre la igualdad ante la ley, la libertad de asociación y libertad sindical. "El desarrollo legislativo no puede transformar un derecho constitucional asegurado a todas las personas en la regla por excepción. La remisión legislativa en materia de negociación colectiva no puede determinar su significado ni regular sus modalidades al punto de relativizar por completo el derecho constitucional, su esencia y su titularidad", agrega el fallo.
Con respecto a la negociación colectiva, el TC calificó de "intervención legislativa extrema" los artículos de la reforma laboral. "El Proyecto implica una intervención legislativa extrema que afecta la esencia del derecho de los trabajadores a negociar colectivamente, a través de grupos negociadores no sindicalizados. En efecto, el Proyecto cambia el foco de la negociación", aparece en el texto. El argumento esgrimido por el Tribunal Constitucional señala que el cambio de términos en el proyecto del gobierno, pone el foco en los sindicatos más que en los que tienen el derecho a negociar. "En vez de colocar el acento en quienes tienen el derecho de acuerdo a la norma constitucional ya citada, lo ponen en las organizaciones sindicales. Tan evidente es lo anterior, que en la definición misma de negociación colectiva que dispone el Proyecto se excluye el actual término "trabajadores que se unen para tal efecto", para dar paso a una muy distinta: "La negociación colectiva es aquella que tiene lugar entre uno o más empleadores con una o más organizaciones sindicales", agrega el informe.
En cuanto al acceso a información de remuneraciones de la empresa, el requerimiento fue rechazado y se consideraron ajustadas a la Constitución las normas impugnadas. Además, se estimó que con esta indicación "no se vulnera la vida privada" ya que "la planilla de remuneraciones que se solicita, es información 'específica y necesaria' para preparar la negociación colectiva". "Además, esta información es sólo respecto de 'los trabajadores asociados a la organización requirente'. Se trata, en consecuencia, de información que no les es ajena", detalla el fallo del TC.
El "corazón" de la reforma
Uno de los golpes más duros para el gobierno, fue que el fallo objetara normas claves del proyecto de reforma laboral. "Este fallo confirma que la actual Constitución no es la casa común que queremos", indicó el vocero de Gobierno, Marcelo Díaz, tras conocerse la resolución negativa tomada del Tribunal Constitucional. El proyecto que aprobó el Congreso, establecía que era el sindicato el único titular para encabezar la negociación colectiva con el empleador, eliminando a los grupos negociadores. Además se buscaba fortalecer a los sindicatos y poner fin al reemplazo de trabajadores en huelga, algo que en el mundo empresarial rechazaron enérgicamente, señalando en reiteradas ocasiones que de salir adelante estas medidas, se afectaría el empleo en medio de una debilitada economía.
A juicio del presidente de la Sociedad de Fomento Fabril (Sofofa), Hermann von Mühlenbrock, el fallo del TC fue una medida para celebrar, ya que es "positivo que se haya acogido el punto de la titularidad sindical, ya que reafirma el principio de libertad de las personas para elegir la organización que los representa dentro de la empresa". El presidente de la Cámara de Comercio de Santiago (CSS), Peter Hill fue más enfático, al señalar que la sentencia "representa el triunfo de la masa trabajadora por sobre las cúpulas sindicales".
Las medidas que tomará el gobierno
Una vez conocido el fallo emitido por el TC, el ministro vocero de Gobierno, Marcelo Díaz, señaló que "el Gobierno lamenta esa decisión de mayoría, pero que acatará íntegramente ese veredicto como corresponde a un Estado de derecho". Sin embargo, enfatizó que "no se puede descartar que con este fallo se comprometan algunos de los avances alcanzados en el proyecto" y que incluso "se materializan retrocesos en los derechos de los trabajadores".
Ante este escenario, desde el Ejecutivo decidieron finalmente recurrir al veto presidencial. Aunque los fallos del Tribunal Constitucional son inapelables, por lo que el veto no los deja sin efecto ni menos lo contraviene. El veto presidencial permite rechazar total o parcialmente un proyecto de ley aprobado por el Congreso.
En este caso particular, la Presidenta Michelle Bachelet hizo uso del veto supresivo, ya que elimina las normas que el TC declaró inconstitucional. De esta manera, La Moneda enviará el veto para eliminar normas como los pactos de adaptabilidad y enviar posteriormente una nueva ley para reponer la titularidad sindical, considerando lo establecido por el Tribunal Constitucional.
El vocero de gobierno, señaló este lunes que la Presidenta Michelle Bachelet tomó la decisión de enviar un veto a la reforma laboral y enviar una nueva ley, "porque creemos que es lo mejor".
"Ejercimos la atribución de enviar un veto al proyecto de ley, y ahora estamos a la espera de conocer el fallo para ver el proyecto de ley que conoceremos (...) todos compartimos que lo que no puede ocurrir es discutir un proyecto durante 14 meses y retroceder en materia de derechos laborales", enfatizó el Ministro Secretario General de Gobierno. Por otro lado, Marcelo Díaz aprovecho la instancia en La Moneda, para cuestionar a la derecha por criticar el uso de una facultad presidencial. "Cuando la derecha ha decidido ir al Tribunal Constitucional por la gratuidad en educación superior y ahora por la reforma laboral, lo que el Gobierno ha dicho siempre es que respeta el ejercicio de esa facultad", agregó. El secretario de Estado resaltó que no era posible aceptar que tras 14 meses de tramitación de un proyecto se retrocediera en materia de derechos laborales.