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Diputada Marzán por indicación que permite el retiro forzoso para deudores de pensiones alimenticias: "Se aplicará tanto a este retiro como al primero"

Diputada Marzán por indicación que permite el retiro forzoso para deudores de pensiones alimenticias: "Se aplicará tanto a este retiro como al primero"

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La parlamentaria PPD valoró la indicación que permite el retiro forzoso de fondos de pensiones, para casos en donde proceda un pago de deudas de pensión de alimentos morosa.

Diputada Marzán por indicación que permite el retiro forzoso para deudores de pensiones alimenticias: "Se aplicará tanto a este retiro como al primero"
Miércoles 2 de diciembre de 2020 19:45
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La diputada Carolina Marzán (PPD), valoró la indicación que permite el retiro forzoso de fondos de pensiones, para casos en donde proceda un pago de deudas de pensión de alimentos morosa.

La parlamentaria de oposición afirmó que "hemos vistos filas eternas en tribunales de familia porque aún no se pagan la primera retención por deudas de pensión de alimentos. Hubo serias dificultades porque en el primer retiro no nos preocupamos de dejar establecido ciertas normas que hubiesen evitado estos problemas", ante lo que agregó que la indicación "cuenta con todo lo necesario para entregar una respuesta rápida a miles de madres y padres que están complicados por no recibir ayuda del quién debe pagar pensión".

Según la diputada, la iniciativa resuelve los nudos críticos del proyecto de retiro de fondos presentado por el Gobierno, ya que establece plazos de pago, modalidades de notificaciones, que inciden de manera positiva en la agilización del proceso al que se ven enfrentadas miles de madres que aún no obtienen el pago de la deuda alimentaria.

Asimismo, Marzán explicó que la indicación establece "permite que el juez autorice al alimentario o un representante a que subrogue al alimentante moroso para solicitar el retiro de fondos previsionales. Establece que dentro de tres días hábiles desde que se efectuó tal petición, el tribunal deberá notificar al afiliado mediante correo electrónico todas las resoluciones que se dicten en la causa. Y también el mayor problema que hemos visto, son los plazos en la entrega de los fondos retenidos, es por eso que hemos establecido que se efectuará dentro de los siguientes 10 días hábiles desde que venza el plazo que el deudor tiene para oponerse; o bien, si ha existido oposición, desde que la resolución que se pronuncia sobre ella se encuentre firme y ejecutoriada".

Finalmente sostuvo que "tenemos que aclarar también que esta indicación se aplicará tanto a este retiro, como al primero, sobre todo considerando que muchas causas de alimentos aún no tienen orden de pago por la imposibilidad de realizar la notificación, lo que se podría solucionar con indicación", concluyó la diputada PPD.

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