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Despachan a ley la norma que prohíbe a colegios negar matrículas por deudas en 2021

Despachan a ley la norma que prohíbe a colegios negar matrículas por deudas en 2021

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La Cámara Baja refrendó los cambios al proyecto despachado por 144 votos a favor y una abstención, por lo que el proyecto quedó en condiciones de ser promulgado para su publicación y entrada en vigencia.

Despachan a ley la norma que prohíbe a colegios negar matrículas por deudas en 2021
Miércoles 2 de diciembre de 2020 15:53
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La Cámara de Diputados aprobó las modificaciones del Senado al proyecto de ley que busca prohibir a los establecimientos educacionales particulares subvencionados y particulares pagados, negar la matrícula para el año 2021 a estudiantes que presentan deuda, en el contexto de la crisis económica producto de la pandemia por Covid-19.

La Cámara Baja refrendó los cambios al proyecto despachado por 144 votos a favor y una abstención, por lo que el proyecto quedó en condiciones de ser promulgado para su publicación y entrada en vigencia.

La norma establece que los establecimientos subvencionados, con financiamiento compartido y particulares pagados, deberán garantizar la continuidad del proceso educativo sin que ello deba ser afectado por la situación económica producto de la emergencia sanitaria derivada del Covid-19.

El plan de emergencia de los colegios, deberá contener y explicitar medidas entre las cuales deberá considerarse la reprogramación de cuotas de colegiatura pactadas para el presente año escolar 2020, además de las reprogramadas con anterioridad al mes de marzo de 2020, para aquellos padres, madres y apoderados cuya situación económica se ha visto perjudicada por la pandemia.

Asimismo, el texto establece que se considerará, la situación económica de padres, madres y apoderados que hayan perdido su empleo o se encuentren acogidos al seguro de desempleo.

En caso de que las medidas de flexibilidad en el pago de la deuda por parte de los colegios incluye la reprogramación en cuotas, no se podrán generar intereses, ni multas por mora. Esto, mientras se mantenga la situación de menoscabo en la economía familiar. Toda reprogramación, estimada por el sostenedor educacional, no podrá significar un sobrecargo financiero para el apoderado deudor.

Los alumnos que se acojan a estos planes tendrán asegurada la continuidad escolar en el mismo establecimiento para el año 2021, sin que se les pueda cancelar o impedir la renovación de la matrícula.

Finalmente, se indica que los sostenedores de los establecimientos educacionales podrán ejercer las acciones de cobro una vez que cese la declaración de la Emergencia de Salud Pública.

PURANOTICIA 

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