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Corte Suprema replica criterio y absuelve a acusados de microtráfico

Corte Suprema replica criterio y absuelve a acusados de microtráfico

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Sala Penal invocó consideración de sentencias previas, en cuanto a que no es posible, legalmente, dictar sentencias condenatorias por el delito de narcotráfico, sin determinar científicamente la pureza y grado de peligrosidad de la droga incautada.

Corte Suprema replica criterio y absuelve a acusados de microtráfico
Miércoles 22 de julio de 2015 11:39
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La Corte Suprema ordenó la absolución de cinco personas condenadas por el delito de microtráfico, en tres causas diversas, por no existir certeza científica sobre el grado de pureza y peligrosidad de la droga incautada, tal como establece la ley.

De este modo, el máximo tribunal replicó el criterio que ha invocado en resoluciones anteriores, referido a lo que establece la Ley 20.000, en cuanto a que si los informes periciales no establecen la pureza o concentración de la droga, "resulta imposible determinar si ella tiene o no idoneidad o aptitud como para producir graves efectos tóxicos o daños considerables en la salud pública" .

En esta ocasión, en uno de los fallos, la Segunda Sala del máximo tribunal del país absolvió a Juan Méndez Marambio, quien fue condenado a 5 años y un día de presidio por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción.

En otra causa, también invocando el mismo criterio, la Sala Penal anuló la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena, que condenó a Héctor Vega Muñoz a la pena de 3 años y un día de presidio, y a Deisa León Rojas y Rubén Pérez Rivera a 541 días de presidio.

A su vez, el máximo tribunal absolvió a Paula Castillo Díaz, condenada a 61 días de presidio por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción.


Pn/co
ATON CHILE

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