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La acción legal se había presentado en contra del Ministerio de Transportes por el funcionamiento de la polémica aplicación.
La Corte de Apelaciones de Santiago declaró inadmisible el recurso de protección presentado por los taxistas en contra del Ministerio de Transportes por el funcionamiento de la aplicación Uber.
Según el fallo del tribunal de alzada, "los hechos descritos en la presentación y las peticiones que se formulan a esta Iltma. Corte exceden las materias que deben ser conocidas por el presente recurso, atendida su naturaleza cautelar, por lo que no será admitido a tramitación".
"Esta acción constitucional de protección tiene por objeto cautelar el ejercicio legítimo de las garantías constitucionales reconocidas a las personas, en casos concretos, no se trata de una acción popular que pueda interponerse por cualquier persona a nombre de otra, como se menciona en este caso: "...y en representación de todos los choferes de taxis colectivos de la Región Metropolitana...", desde que el constituyente personalizó su ejercicio, limitándolo a quienes hubieren sufrido privación, perturbación o amenaza en sus derechos, a sus mandatarios, o a quienes comparezcan determinadamente en su favor, razones por las cuales, el presente recurso, no será admitido a tramitación", señala la resolución del tribunal colegiado.
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