La 4ª Sala del tribunal de alzada, confirmó la sentencia dictada por 15º Juzgado Civil de Santiago, en la que estableció la responsabilidad de la educadora.
La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a una profesora de párvulos a pagar una indemnización de $80 millones a los padres de niño que olvidó y murió en el automóvil en el que lo trasladaba al jardín infantil, en un hecho ocurrido en octubre de 2010, en la comuna de Huechuraba.
En fallo unánime, la 4ª Sala del tribunal de alzada, confirmó la sentencia dictada por 15º Juzgado Civil de Santiago, en la que estableció la responsabilidad de la educadora, Eugenia Riffo Tapia, revocándola respecto del jardín infantil en la que la profesional prestaba servicio.
"Que de los antecedentes allegados al proceso, se ha podido observar que no ha existido entre el Jardín Infantil Mandarino y los actores el contrato de transporte a que éstos aluden ni menos la existencia de una sociedad de hecho entre el referido jardín y las educadoras que efectivamente prestaban el servicio de transporte. Por el contrario, éste era del todo independiente del servicio educacional prestado por el Jardín Infantil de que se trata y el pago de dicho servicio era recibido directamente por quien lo servía (la docente)", establece el fallo.
La resolución agrega que: "así las cosas, y no existiendo vínculo contractual alguno, por el transporte del menor, entre los actores y el jardín infantil Mandarino, ha de desestimarse la demanda deducida en contra de éste, no siendo necesario entrar en mayores consideraciones".
Finalmente, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la condena en contra de Riffo Tapia por la suma de $80 millones.
PURANOTICIA