El fallo apuntó a que la señal televisiva omitió la norma durante tres semanas de febrero de 2020, en las cuales emitió programas que "no cumplen con los criterios para ser considerados de contenido cultural".
La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la multa de 40 UTM -alrededor de $2 millones- del Consejo Nacional de Televisión contra Televisión Nacional de Chile (TVN) por no cumplir con la cuota mínima exigida de programación cultural.
El fallo apuntó a que la señal televisiva omitió la norma durante tres semanas de febrero de 2020, en las cuales emitió programas que "no cumplen con los criterios para ser considerados de contenido cultural".
La sentencia explicó que "respecto a la transmisión de programas culturales, debe considerarse que el aporte a la formación cívica, tradicionalmente se ha centrado en la transmisión de conocimientos básicos que definen la vida republicana, el Estado de Derecho, el Gobierno y sus instituciones (...) hoy, esto ha evolucionado a una formación ciudadana".
"Se trata de un enfoque más amplio que junto con desarrollar conocimientos sobre el sistema de gobierno y la historia de un país, se encarga de fomentar habilidades y actitudes destinadas a perfeccionar la capacidad de actuar de un ciudadano competente para una participación cívica informada, crítica y constructiva", agregó el dictamen.
Así, la justicia desestimó que "Mamá a los 15" y los festivales de Viña del Mar y Dichato cumplan con estas características para ser considerados programas culturales.
"No se observan, en los programas 'Viva Dichato', 'Mamá a los 15', elementos que aporten específicamente a la concreción del concepto antes referido", sostuvieron, y calificaron a Viña de "un show televisivo de entretención", sentenció el tribunal de alzada.
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