La iniciativa establece que el trabajo a distancia y el teletrabajo estarán regulados por el Código del Trabajo, por lo que se deberá suscribir un contrato de trabajo o un anexo entre empleador y empleado.
En su tercer trámite legislativo, la Sala de la Cámara de Diputados aprobó con amplia mayoría (por 88 votos a favor 22 en contra y 1 abstención) el proyecto de ley sobre Trabajo a Distancia, iniciativa que favorecerá la creación de nuevos y mejores empleos y que también permitirá regularizar este sistema de trabajo en medio de la crisis sanitaria que vive el país.
La ministra del Trabajo y Previsión Social, María José Zaldívar, agradeció el compromiso de los parlamentarios en respaldar esta iniciativa que había sido ingresada en agosto de 2018.
"Mientras más trabajadores puedan seguir cumpliendo con sus labores desde sus domicilios, menos expuestos estaremos los chilenos al Coronavirus, entonces no solo apoyaron una ley que permitirá generar más empleo, sino que también una norma que permitirá al país superar de manera más eficiente y rápida la crisis sanitaria que vivimos", señaló.
Por su parte, el subsecretario del Trabajo, Fernando Arab, dijo que como Gobierno "estamos muy contentos de la aprobación como Ley de la República del proyecto de Trabajo a Distancia y Teletrabajo que va a regular un tipo de empleo moderno, inclusivo y sustentable otorgando certeza jurídica a las partes y especialmente a los trabajadores, quienes a partir de ahora dispondrán de un catálogo de derechos respecto de los cuales pueden ejercer el Trabajo a Distancia de manera protegida, segura y sin menoscabo".
Las autoridades destacaron que la nueva ley permite al trabajador prestar sus servicios total o parcialmente, desde un lugar o lugares distintos al de la empresa, permitiendo distribuir de mejor manera la jornada laboral, pero respetando los límites que actualmente impone la Ley y, sobre todo, resguardando todos los derechos laborales, tanto individuales y colectivos de los trabajadores.
Además, establece nuevas garantías de vanguardia en la legislación nacional y regional, como es el derecho a la desconexión.
Para resguardar tanto al trabajador como al empleador, se deberá registrar el contrato con dicho cumplimiento en el sitio web de la Dirección del Trabajo (www.direcciondeltrabajo.cl) dentro de los 15 días siguientes a su suscripción, y la DT remitirá copia de dicho registro a la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) y a la mutualidad a que se encuentre adherida la entidad empleadora.
Asimismo, la DT será el organismo, previa autorización del trabajador, que deberá fiscalizar el cumplimiento a la normativa laboral en el puesto de trabajo a distancia.
Por último, las autoridades agregaron que las condiciones de seguridad y salud serán reguladas por un reglamento que dictará al efecto el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, las cuales deberán ser informadas por el empleador al trabajador, quien además deberá velar por el cumplimiento de la normativa.
PURANOTICIA