El hecho se originó por una fuga de gas en una tubería de la empresa Metrogas, provocada por el contacto de una línea subterránea de la distribuidora eléctrica de Enel, según determinó la SEC.
La Corte Suprema confirmó las millonarias multas aplicadas por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) a las empresas Metrogas y Enel por su responsabilidad en una explosión producida en calle Bombero Núñez, comuna de Recoleta, en septiembre de 2017.
En las sentencias, la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval, Carlos Aránguiz, Ángela Vivanco y el abogado (i) Íñigo de la Maza– confirmó las sanciones por 5.500 y 6.000 UTM que deberán pagar Metrogas y Enel, respectivamente.
Para establecer la responsabilidad de la empresa gasífera en la explosión, la Corte Suprema tuvo en consideración que Metrogas procedió a la renovación de la red de cañerías con posterioridad al cableado eléctrico, y sin adoptar las medidas de seguridad y coordinación requeridas.
En tanto, sobre la sanción aplicada a Enel, la sentencia del máximo tribunal confirma que tiene responsabilidad en el accidente por la falta de mantención de la red eléctrica.
El 21 de noviembre de 2019, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó las multas aplicadas por la SEC de 6.000 UTM a Enel (más de $295 millones al valor actual) y 5.500 UTM a Metrogas (más de $270 millones).
Tras la explosión e incendio del 15 de septiembre de 2017 en calle Bombero Núñez, barrio Bellavista, la SEC determinó que el hecho se originó por una fuga de gas en una tubería de la empresa Metrogas, provocada por el contacto de una línea subterránea de la distribuidora eléctrica de Enel.
En el lugar resultaron heridos de gravedad Bárbara Solange Urrutia Badilla, de 30 años, y Martín Alexis Reyes Barra, de 32, mientras que Gustavo Alexander Alegría Palavicino, de 18, quedó con lesiones. Los tres sufrieron quemaduras.
PURANOTICIA