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Condenan al Estado por violación de DD.HH. de ex monja y docente lesbiana

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La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) declaró al Estado de Chile como "responsable" de vulnerar los derechos de Sandra Pavez.

Condenan al Estado por violación de DD.HH. de ex monja y docente lesbiana
Martes 24 de septiembre de 2019 15:50
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La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) declaró al Estado de Chile como "responsable" de vulnerar la igualdad, la vida privada y la no discriminación al impedir desde el 2007 que la docente y ex monja, Sandra Pavez, pueda ejercer clases de religión en el país, debido a su orientación sexual.

El Movilh calificó el fallo como "histórico y sin precedentes", y que tiene "impacto en los campos laborales, educacionales y religiosos".

Los antecedentes del pronunciamiento serán dados a conocer este miércoles 25 de septiembre a las 10:30 horas en la sede del Movilh en Santiago.

Por razones de delicado estado de salud, esta será la única oportunidad en que Pavez entregará públicamente su testimonio.

En la ocasión estará presente el abogado y consejero del INDH, Branislav Marelic, uno de los juristas que representó a Sandra y al Movilh ante la CIDH por este caso.

Cabe recordar que el 25 de julio de 2007, el obispo de San Bernardo, Juan Ignacio González Errázuriz, ordenó al Vicario para la Educación del Arzobispado, René Aguilera Colinier, revocar a Sandra Pavez el certificado de idoneidad que le permitiría seguir haciendo clases de religión en el Colegio Municipal Cardenal Antonio Samoré, donde la docente ejercía desde 1985.

Esto luego de que la docente confirmara que era lesbiana y mantenía una relación con otra mujer, negándose a someterse a terapias psicológicas y psiquiátricas ofrecidas por la Iglesia para revertir su orientación sexual.

El Movilh presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de San Miguel, el cual fue rechazado el 27 de noviembre del 2007, siendo la sentencia ratificada el 17 de abril del 2018 por la Corte Suprema. Ambos tribunales estimaron que no se había incurrido en ilegalidad, ni en discriminación, teniendo como argumento el Decreto 924 del Ministerio de Educación.

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