Sala Penal de la Corte Suprema se pronunció respecto de la desaparición de Arturo Vega González y de la ejecución de Fidel Bravo Álvarez, ambas ocurridas en 1973.
La Corte Suprema rechazó sendos recursos de casación y confirmó las sentencias que ordenan al Estado de Chile pagar indemnizaciones a familiares de víctimas de violaciones a los derechos humanos, cuyas causas -en lo penal- fueron resueltas por el máximo tribunal del país.
En el primer fallo, la Segunda Sala de la Corte Suprema determinó que el fisco deberá indemnizar a los hermanos de Arturo Vega González, detenido desaparecido en octubre de 1973, y víctima del episodio denominado "Lago Ranco", y que fue considerado por el máximo tribunal e justicia del país como un crimen de lesa humanidad.
En esta causa, la Sala Penal condenó en septiembre de 2007 al oficial de la Armada en retiro Sergio Rivera Bozzo a la pena de 5 años y un día de presidio, por su responsabilidad en el secuestro de Vega González, junto a otras personas.
En un segundo fallo, la Sala Penal de la Corte Suprema ordena al Estado de Chile a indemnizar a a la cónyuge e hijos de Fidel Bravo Álvarez, ejecutado en septiembre de 1973, en el puerto de San Antonio, causa en la que la justicia condenó a 7 años de presidio al ex máximo jerarca de la DINA, Manuel Contreras Sepúlveda y a 6 años de cárcel al ex agente David Miranda Monardes.
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ATON CHILE.