El ilícito fue cometido por los ex uniformados en la Base Aérea de Maquehue, de la comuna de Temuco, en septiembre del año 1973 y contra Etienne Marie Louis Pesle de Menil.
La Corte Suprema confirmó la condena de 10 años y un día de presidio efectivo a 9 funcionarios en retiro de la Fuerza Aérea de Chile (FACh), como autores del delito de secuestros calificado del ciudadano francés Etienne Marie Louis Pesle de Menil.
El ilícito fue cometido por los ex-miembros de la FACh en la Base Aérea de Maquehue, de la comuna de Temuco, en septiembre del año 1973.
De forma unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo deducido por la defensa de Emilio Sandoval Poo, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que lo condenó junto a otros ocho acusados, por su responsabilidad en el delito cometido a partir del 19 de septiembre de 1973, en Temuco.
En la sentencia, se confirmó la resolución que condenó a los miembros en retiro de la Fuerza Aérea: Emilio Sandoval Poo, Crisóstomo Hugo Ferrada Carrasco, Jorge Aliro Valdebenito Isler, Heriberto Pereira Rojas, Luis Osmán Yáñez Silva, Luis Alberto Soto Pinto, Enrique Alberto Rebolledo Sotelo, Leonardo Reyes Herrera y Jorge Eduardo Soto Herrera a 10 años y un día de presidio como autores de secuestro calificado del ciudadano francés; más 541 días de presidio por asociación ilícita.
En la etapa de investigación de la causa, el ministro en visita Mario Carroza, estableció que los condenados "son los que detienen a Etienne Marie Louis Pesie de Menil el día 19 de septiembre de 1973, le trasladan hasta su base de operaciones, la Base Aérea de Maquehue, donde al igual que todos los detenidos, lo mantienen amarrado de las manos y con su vista vendada, y le interrogan en el Pabellón de la Comandancia bajo tortura, manteniéndole encerrado sin derecho por tiempo indeterminado en la misma Base Aérea, lugar desde donde no se tiene más conocimiento de su existencia, y desaparece sin que hasta el momento se tenga noticias de su destino ni tampoco registros en que conste su deceso".
En el aspecto civil, La Corte Suprema confirmó el fallo que condenó al fisco a pagar una indemnización total de $ 180.000.000 (ciento ochenta millones de pesos) por concepto de daño moral, a los familiares de la víctima.
PURANOTICIA