Fiscalía acusó a Salazar por delitos del artículo 318 del Código Penal, esto es, por poner en riesgo la salud de las personas, ya que la fiesta se realizó en un local cerrado con gran cantidad de gente.
En juicio abreviado, el 9° Juzgado de Garantía de Santiago condenó a Juan Patricio Salazar Castañeda, organizador de la fiesta clandestina con 300 personas que se realizó el 1 de mayo pasado en Maipú, a 540 días de cárcel que deberá cumplir en su domicilio.
La Fiscalía de Maipú acusó a Salazar por delitos del artículo 318 del Código Penal, esto es, por poner en riesgo la salud de las personas, ya que la fiesta se realizó en local cerrado con numerosas personas, en horario de toque de queda y sin medidas de protección en plena pandemia.
Debido a la baja pena asociada a los delitos y por irreprochable conducta anterior, la fiscalía optó por el juicio abreviado, en el que además se le impuso a Salazar el arraigo nacional mientras dure la condena.
De esta manera, estará sujeto a vigilancia de Gendarmería.
En el ámbito sanitario, se cursó la multa máxima que contempla el sumario de la Seremi de Salud, equivalente a 50 millones de pesos.
Cabe indicar que la fiesta masiva de Juan Salazar fue la primera que se descubrió en el país en medio de la pandemia.
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