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Comisión de Transportes despacha ley Uber: Conductores deberán tener licencia profesional

Comisión de Transportes despacha ley Uber: Conductores deberán tener licencia profesional

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La iniciativa establece que las entidades deberán constituirse como empresas de transporte remunerado de pasajeros en Chile.

Comisión de Transportes despacha ley Uber: Conductores deberán tener licencia profesional
Miércoles 29 de enero de 2020 15:54
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La Comisión de Transportes y Telecomunicaciones del Senado aprobó este miércoles en particular el proyecto que regula las aplicaciones de transporte de pasajeros, conocida como Ley Uber.

La iniciativa establece que las entidades deberán constituirse como empresas de transporte remunerado de pasajeros en Chile.

Asimismo, deberán estar inscritas en un registro de empresas de aplicaciones de transportes, que será de consulta pública de aplicaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

A su vez, los conductores de este tipo de aplicaciones deberán contar con licencia profesional y estar inscritos en dicho registro, para lo cual tendrán un plazo de 3 meses, contados desde la entrada en vigencia de la Ley.

Además, se prohíbe el transporte en modalidad POOL (auto compartido) y sólo se podrán registrar vehículos cuyos propietarios o tenedores inscritos sean como personas naturales.

También se establece que la empresa deberá entregar al usuario la identificación del conductor y del vehículo, además de contar con medios de comunicación a los pasajeros para consultas, reclamos o denuncias, y seguros de responsabilidad civil para los usuarios.

En cuanto a los vehículos, se fijarán por reglamento las exigencias de seguridad, técnica y tecnológica, las que no podrán ser inferiores a las que rigen para los taxis básicos.

La Ministra de Transportes y Telecomunicaciones, Gloria Hutt, señaló que este nuevo paso en la tramitación legislativa es una muy buena noticia para la regulación de este sector.

"Las tecnologías están cambiando la forma de transportarse, por lo que se hace necesario un marco regulatorio que se haga cargo de esta nueva realidad. Así, la propuesta de ley que presentamos como Gobierno establece una serie de exigencias a las aplicaciones de transporte, con el objetivo de generar condiciones de igualdad y una competencia justa, en beneficio de las personas que utilizan estos servicios", puntualizó.

La secretaria de Estado afirmó que el proyecto busca mejorar la calidad, seguridad y experiencia de viaje de millones de usuarios, profesionalizar el sector mediante mayores exigencias, e igualar las condiciones para todos los actores del transporte privado de pasajeros.

Durante la tramitación en la Comisión se rechazaron las indicaciones que proponían que los vehículos adscritos a las plataformas tuvieran una patente de otro color.

No obstante, deberán tener un distintivo que permita su identificación, cuyas características se precisarán en el respectivo reglamento. Además, se podrá habilitar para que los taxistas se inscriban y utilicen la aplicación como mecanismo de cobro.

En cuanto a las sanciones por infracciones graves, las multas a las empresas de aplicaciones, oscilan entre 10 a 100 UTM y en caso de reincidencia va desde 20 a 200 UTM. Para los conductores, las sanciones van entre las 3 y 10 UTM y, en caso de reincidencia, oscilará entre 6 y 20 UTM.

En los casos que amerite, la Subsecretaría de Transportes podrá revocar la autorización de las empresas en caso de acumulación de infracciones y a los conductores se les podrá suspender la licencia por 6 meses si presta el servicio y no está inscrito o adscrito a una aplicación autorizada.

Por último, los pasajeros también podrán ser sancionados en caso de que acepten la prestación irregular de servicios (1 a 3 UTM) y, si entorpecen la fiscalización (de 3 a 5 UTM).

Esta iniciativa, que ya había sido aprobada en general en la sala y también en particular por la Cámara de Diputados, será ahora discutida en particular por la sala del Senado.

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