Durante la discusión y votación, el ministro de Educación, Raúl Figueroa, señaló reserva de constitucionalidad de todas las indicaciones aprobadas en la sesión.
La Comisión de Educación de la Cámara de Diputados aprobó -en general y particular-, el proyecto de ley presentado por el Ejecutivo que establece normas excepcionales para el pago de las subvenciones educacionales en el contexto de la pandemia por el Covid-19.
Sin embargo, en la votación en particular se aprobó un grupo de indicaciones de diputados de oposición que modificaron el sistema propuesto originalmente en el texto del proyecto, estableciendo que para el cálculo de las subvenciones se considerará la matrícula y no la asistencia de los estudiantes durante el año 2020 de cada establecimiento educacional.
La medida también se replicará a los establecimientos educacionales que tengan derecho a percibir la subvención por servicio de internado.
El texto, además, determina que la medida correrá para los establecimientos educacionales que a partir de 1 de julio de 2020 hubiesen retornado a clases presenciales y a aquellos impedidos de hacerlo debido a las condiciones sanitarias.
De esta forma, se establece que para los establecimientos educacionales que -a causa de la pandemia- estuvieron imposibilitados de iniciar el año escolar 2020, que mantengan al día las cotizaciones previsionales del personal y no estén percibiendo ingresos por subvenciones, se considerará para el cálculo de la subvención la matrícula de estudiantes del año 2020 que tenga el establecimiento.
Se indica, además, que la subvención fiscal mensual será reliquidada al mes siguiente de la entrada en vigencia de esta ley, debiendo compensarse a los establecimientos educacionales, según corresponda.
La norma en trámite ahora deberá ser analizada en sus ámbitos financieros al interior de la Comisión de Hacienda de la Cámara, antes de ser vista por la Sala.
MINEDUC CUESTIONÓ INDICACIONES
Durante la discusión y votación, el ministro de Educación, Raúl Figueroa, señaló reserva de constitucionalidad de todas las indicaciones aprobadas en la sesión, argumentando que "se infringe el artículo 65 de la Constitución, ya que son indicaciones que, tal como lo señaló la secretaría de la comisión, inciden en la administración financiera del Estado e implican un mayor gasto fiscal".
La autoridad cuestionó que "parlamentarios que hoy han señalado que estas indicaciones son admisibles, no pocas sesiones atrás fueron explícitos en señalar que todo este proyecto era de iniciativa exclusiva del Presidente y que cualquier modificación al mismo, requería necesariamente una indicación patrocinada por el Ejecutivo".
"Por lo tanto -planteó- no solo hago la reserva de constitucionalidad, sino que quiero dejar en evidencia la contradicción en la que se ha incurrido al considerar, a los efectos de la votación, admisibles indicaciones que pocos días antes se indicaban por parte de diputados como inadmisibles".
PURANOTICIA