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Comisión de Derechos Humanos de la Cámara despacha proyecto que tipifica el delito de incitación a la violencia

Comisión de Derechos Humanos de la Cámara despacha proyecto que tipifica el delito de incitación a la violencia

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El objetivo de esta norma es sancionar penalmente a quienes promuevan discursos que generen una apología del odio y que inciten actos de violencia afectando a un grupo de personas o a sus miembros.

Comisión de Derechos Humanos de la Cámara despacha proyecto que tipifica el delito de incitación a la violencia
Miércoles 19 de agosto de 2020 21:41
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La Comisión de Derechos Humanos y Pueblos Originarios de la Cámara de Diputadas y Diputados, que preside la diputada Emilia Nuyado (PS), concluyó la tramitación y despachó a la Sala, el articulado del proyecto de ley, en primer trámite constitucional. que tipifica el delito de incitación a la violencia.

El objetivo del proyecto, originado en un mensaje del Ejecutivo, es sancionar penalmente aquellos discursos que, conforme a la terminología del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana, generen una apología del odio que constituya una incitación de tal magnitud, capaz de desencadenar en actos de violencia o cualquier otra acción ilegal similar, que afecte a un grupo de personas o a un miembro de ese grupo, sobre la base de lo dispuesto tanto en los pactos internacionales de derechos humanos, como en nuestro ordenamiento jurídico interno.

El proyecto modifica el Código Penal y sanciona a quien públicamente, a través de cualquier medio, incite directamente a la violencia física, al odio contra un grupo o sus integrantes, basándose en su etnia, nacionalidad, situación socioeconómica, idioma, ideología, opinión o afiliación política o deportiva, religión o creencia, visión filosófica, sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, trabajo que realiza, sexo, orientación sexual, identidad y expresión de género, filiación, enfermedad o discapacidad.

El texto sanciona la incitación a la violencia física con una pena de presidio menor en su grado mínimo (de 61 a 540 días), que puede ser agravada hasta en un grado, llegando a una pena de tres años, si la conducta es cometida por un funcionario público.

En el caso de la incitación al odio, se aprobó una indicación que señala que a este delito le será aplicable la pena de prisión en su grado medio a máximo, es decir de 21 a 60 días, para hacerla compatible con la legislación comparada.

El texto, que quedó ahora en condiciones de ser visto por la Sala de la Corporación, será informado por el diputado Tucapel Jiménez (PPD).

(Imagen referencial)

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