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Caso OAS: Tribunal absuelve a Marco Enríquez-Ominami por el delito de fraude de subvenciones

Caso OAS: Tribunal absuelve a Marco Enríquez-Ominami por el delito de fraude de subvenciones

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No obstante, el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, sí condenó a Cristián Warner, ex-asesor de MEO, por el mismo delito.

Caso OAS: Tribunal absuelve a Marco Enríquez-Ominami por el delito de fraude de subvenciones
Miércoles 25 de agosto de 2021 13:06
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El candidato presidencial del Partido Progresista, Marco Enríquez-Ominami, fue absuelto por el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, de la acusación de delitos tributarios realizada en su contra en el marco del denominado caso OAS. No obstante, el tribunal sí condenó a Cristián Warner, ex-asesor de MEO, por el mismo delito.

Cabe sostener que con esta decisión, el tribunal exoneró al candidato de la acusación de fraude de subvenciones que pesaba en su contra, y ordenó el alzamiento de las medidas cautelares que procedieren en su contra. No obstante, sobre las facturas pagadas por OAS a Conosur Research de Cristian Warner, el tribunal estableció que efectivamente hay una "falsedad ideológica" de las boletas rendidas, por lo que los hechos son constitutivos de delitos tributarios.

Cabe señalar que este juicio oral buscaba irregularidades en la rendición de gastos ante el Servel, de la campaña presidencial de Enríquez-Ominami en 2013, donde se decía que el ideólogo del PRO habría rendido más dinero del que utilizó para su campaña, recibiendo un reembolso mayor de parte del Servicio Electoral.

Por otro lado, su ex-mano derecha tenía pendiente una acusación por delitos tributarios por la emisión que realizó su empresa Conosur Research de dos facturas que sumaban más de 54 millones de pesos a la filial chilena de la empresa brasileña OAS, las que según el Ministerio Público fueron pagadas, pese a que no se realizaron los servicios.

En este sentido, incluso, se presentó como elemento en el juicio que habría sido OAS la que habría facilitado un avión privado al abanderado del PRO para su segunda incursión presidencial.

En el juicio, los magistrados mencionaron que si bien comparten los "continuos reparos de que el avión no tiene cabida en esta imputación, por cuanto no es un gasto electoral rendido, y no tuvo devolución fiscal" los reproches de MEO "no permiten soslayar el hecho de haber dado ambiguas explicaciones". Sin embargo, el candidato fue absuelto igualmente.

El tribunal, además, determinó que el detalle de la sentencia del litigio se conocerá el 20 de septiembre de 2021.

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