La iniciativa dispone la obligación de todo integrante de las FF.AA. de denunciar las infracciones al principio de la probidad administrativa, así como ofrecer las garantías procedimentales y materiales al denunciante.
Este martes, la Cámara de Diputados aprobó en general y por unanimidad de 144 votos a favor el proyecto que dispone la obligación de todo integrante de las Fuerzas Armadas de denunciar las infracciones al principio de la probidad administrativa, así como ofrecer las garantías procedimentales y materiales al denunciante.
En el debate de la propuesta, los diversos sectores políticos coincidieron en la necesidad de avanzar en esta materia, de modo de evitar hechos de corrupción y faltas a la probidad, como los ya conocidos por la opinión pública, protegiendo efectivamente a quienes denuncien estos actos.
Se destacó, asimismo, la transversalidad del acuerdo que posibilitó la actual redacción de la norma y la colaboración del Ejecutivo en este marco.
Pese a lo anterior, hubo legisladores que estimaron necesario hacer algunos perfeccionamientos al articulado, por lo cual se presentaron indicaciones que deberán ser abordadas por la citada Comisión en vistas a un segundo informe.
El texto, acordado en el seno de la Comisión de Defensa y presentado a la Sala por el diputado Jorge Brito, extiende al personal de las FFFAA la esfera de protección que otorga la Ley 20.205, que protege al funcionario que denuncia irregularidades y faltas a la probidad.
La iniciativa, iniciada en mociones refundidas, indica que, sin perjuicio del deber de denuncia contemplado en el Código de Justicia Militar y el Código Procesal Penal, "todo el personal" que integre las instituciones de las FFAA tiene el deber y la obligación de denunciar "los hechos o conductas contrarias al principio de probidad administrativa, respecto de los cuales hubiere tomado conocimiento en el desempeño de sus funciones".
Luego, la propuesta define qué se considerarán hechos o conductas que contravienen el principio de la probidad administrativa, para lo cual equipara la norma a las definidas en el art. 62 de la Ley 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la administración del Estado.
Además, la iniciativa determina que las denuncias deben ser fundadas y presentadas en un canal específico en el que conste la individualización del denunciante; una relación de los hechos, las personas involucradas y eventuales testigos; y todo antecedente que pudiera servir de fundamento a la denuncia.
Finalmente, entre otras normas, el proyecto también establece que las denuncias que se formulen "podrán estar sujetas a reserva de identidad", si así lo solicita el denunciante; define que serán faltas graves a la disciplina y objeto de sanciones las denuncias falsas, evidentemente infundadas o con ánimo de perjudicar al denunciado; e incluye normas para proteger al denunciante de medidas de disciplinarias injustificadas, hostigamiento, acoso o cualquier otro tipo de represalias.
FUERZAS ARMADAS📰| Sala aprobó proyecto que facilita al interior de las FF.AA. las denuncias por faltas a la probidad.https://t.co/l4BYsvkH6K
— Diputadas y Diputados de Chile (@Camara_cl) June 23, 2020
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