Texto, que fue aprobado por la unanimidad de 140 votos, modifica el IFE creado por la Ley 21.230, aumentando el universo de beneficiarios al eliminar el requisito de vulnerabilidad.
La Sala de la Cámara de Diputados aprobó y despachó al Senado el proyecto de ley que busca facilitar y ampliar el acceso al Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), iniciativa que se encontraba en primer trámite constitucional.
El texto, que fue aprobado por la unanimidad de 140 votos, modifica el Ingreso Familiar de Emergencia creado por la Ley 21.230, aumentando el universo de beneficiarios al eliminar el requisito de vulnerabilidad, basado en el Instrumento de Caracterización Socioeconómica, requiriendo solo integrar el Registro Social de Hogares, del Ministerio de Desarrollo Social.
El proyecto, que fue presentado ante la Sala por los diputados informantes de las Comisiones de Desarrollo Social y de Hacienda, Boris Barrera (PC) y Giorgio Jackson (RD), respectivamente, define que todos los hogares que cumplan con los requisitos que esta ley establece, tendrán derecho a recibir el Ingreso Familiar de Emergencia.
Asimismo, se indica que el Ministerio de Desarrollo Social y Familia deberá promover que todos los hogares que cumplan con las condiciones legales accedan al beneficio de la forma más expedita posible, haciendo uso de las facultades y atribuciones que esta ley les otorga para facilitar la concesión de la prestación a todos los hogares potencialmente beneficiarios.
Las solicitudes solo podrán ser rechazadas por motivos fundados y que digan relación, únicamente, con el incumplimiento de los requisitos legales.
Mediante resolución exenta dictada por la Subsecretaría de Evaluación Social, visada por la Dirección de Presupuestos, se establecerá la forma de verificación de los requisitos establecidos en esta normativa.
Durante el debate, el ministro de Desarrollo Social, Cristián Monckeberg, destacó que lo que busca este proyecto "es eliminar la burocracia para llegar a una mayor cantidad de hogares con esta ayuda del Estado".
"El debate que hemos tenido nos ha ayudado a hacer el trámite más simple y más expedito para ayudar a sobrellevar de buena manera el problema serio que viven muchas familias", remarcó.
Otros aspectos que modifican el proyecto, respecto del IFE actual, es suprimir el requisito establecido en la propia ley, que exigía a los hogares beneficiarios pertenecer al 80% más vulnerable de acuerdo con el Indicador Socioeconómico de Emergencia. Además, para acreditar los ingresos de los hogares que soliciten el beneficio se utilizará solo la información declarada por estos.
Además, el texto elimina cualquier referencia al Indicador Socioeconómico de Emergencia y, también, la obligación del Ministerio de Desarrollo Social y Familia de contrastar la información declarada por los solicitantes con aquella contenida en el Registro de Información Social.
Asimismo, el ministerio, a través de la Subsecretaría de Servicios Sociales, podrá tomar contacto con aquellas personas que hayan solicitado el Ingreso Familiar de Emergencia y que no lo hubiesen percibido, por no cumplir con uno o más de los requisitos para ser beneficiarios, de dicho aporte, para informarles acerca de la posibilidad de actualizar sus ingresos. Lo anterior, para efectos de poder acceder al beneficio y a los aportes que procedan en virtud de dicha actualización.
En tanto, la Subsecretaría de Servicios Sociales deberá resolver las reclamaciones de las que conozca, en un plazo máximo de quince días hábiles. Si transcurrido este plazo la subsecretaría no se hubiere pronunciado respecto de la reclamación, la solicitud del interesado se entenderá aceptada y el hogar respectivo será incorporado en las nóminas.
Las normas transitorias del proyecto establecen que las modificaciones establecidas serán aplicables, como regla general, para el pago del tercer aporte y siguientes del Ingreso Familiar de Emergencia. No obstante, las enmiendas al proceso de reclamación se aplicarán para el pago del segundo aporte en adelante.
Para quienes hayan solicitado el tercer aporte con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley y no hayan actualizado sus ingresos, se ordenará el pago de dicho beneficio tomando en consideración la última información disponible en el Registro de Información Social. En concreto, si la postulación ya se hizo, se basará en la información disponible en dicho registro en los casos que no se actualicen los ingresos.
Por último, el texto consigna que el mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley se financiará con cargo a los recursos provenientes de la partida presupuestaria Tesoro Público.
La iniciativa fue despachada al Senado para cumplir con su segundo trámite constitucional. Se espera que el Ejecutivo haga efectiva la presentación de indicaciones.
PURANOTICIA