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Anulan juicio a favor de un hombre que fue condenado por tráfico de drogas

Anulan juicio a favor de un hombre que fue condenado por tráfico de drogas

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Segunda Sala Penal de la Corte Suprema basó su resolución en que el procedimiento de Carabineros durante una fiscalización a un bus interurbano se realizó al margen de la legalidad.

Anulan juicio a favor de un hombre que fue condenado por tráfico de drogas
Viernes 25 de septiembre de 2015 12:47
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La Corte Suprema acogió el recurso de nulidad presentado por la defensa de un hombre que fue condenado a 6 años de cárcel por del delito de tráfico de estupefacientes y ordenó la realización de un nuevo juicio.

La decisión fue adoptada por la Segunda Sala del máximo tribunal a favor de Enrique Segundo Villanueva Orellana, quien fue sentenciado por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó, luego de que fuera detenido, imputado y condenado por el tráfico de más de 6 kilos de marihuana prensada.

El fallo del máximo tribunal estableció que personal de Carabineros actuó al margen de la ley al realizar un control de identidad y un registro del equipaje del imputado, realizado en la ciudad de Chañaral, mientras viajaba en un bus desde Calama a Santiago, sin que existiera una orden de un tribunal o indicios de su participación en un delito.

"A juicio de esta Corte, en las circunstancias antes referidas no se observan indicios de que el acusado Villanueva Orellana se encontrare cometiendo delito alguno, que facultara a los agentes policiales para controlar su identidad según el artículo 85 del Código Procesal Penal y, consecuentemente, para el registro de su equipaje", sostiene el fallo de la Suprema.

"El que la maleta tuviera un "peso anormal" y que en su interior se transporte algo "contundente como unos paquetes" o "un objeto duro como ladrillo", no pueden conformar tales indicios", explica la resolución.

"La información entregada por el auxiliar del bus a los funcionarios policiales sólo comporta la obtención de elementos que habilitaban a estos últimos para realizar otras diligencias propias de su labor policial preventiva o, incluso, para poner en conocimiento los hechos del Fiscal de Turno, para que por su intermedio se obtuviere la correspondiente orden judicial de registro e incautación", añade.

Pn/cp

ATON CHILE

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