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A tercer trámite proyecto que sustituye penas de cárcel para evitar contagios masivos de Covid-19

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La norma también excluye del beneficio a condenados por asociación ilícita por Ley de Drogas y delitos por la Ley de Control de Armas.

A tercer trámite proyecto que sustituye penas de cárcel para evitar contagios masivos de Covid-19
Viernes 27 de marzo de 2020 20:52
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En condiciones de pasar al Senado a su tercer trámite legislativo quedó el proyecto que concede un indulto general conmutativo a causa de la enfermedad Covid-19, propuesta que apunta a descongestionar los centros penitenciarios, reducir las condiciones de hacinamiento, y evitar la propagación masiva del virus entre los reclusos.

La iniciativa, analizada en segundo trámite por la Cámara de Diputados, fue aprobada en general por 79 votos a favor, 28 en contra y una abstención. Luego, en la votación en particular, la Sala rechazó las indicaciones presentadas al texto, con la excepción de una propuesta que ya venía en la redacción planteada por la Comisión de Constitución y que fue originada por legisladores de RN.

En lo particular, la norma excluye del beneficio a condenados por asociación ilícita por Ley de Drogas y delitos por la Ley de Control de Armas.

El resto del articulado fue ratificado con el quórum requerido (78 votos favorables como mínimo), con la excepción de una disposición relativa a las facultades de gendarmería, sobre la forma de asegurar el cumplimiento domiciliario y las sanciones que se aplicarán en caso de infringir la medida.

El proyecto, en concreto, permite bajo ciertos requisitos, sustituir el saldo de las penas privativas de libertad, por reclusión domiciliaria total. El universo se beneficiados lo componen: los mayores de 75 años; hombres entre 60 y 75 años y mujeres entre 55 y 75 años; y mujeres embarazadas o que tuviesen hijos menores de dos años de edad (157 reclusos/as).

Con excepción de los mayores de 75 años, se establece en todos los restantes casos el requisito de cumplir un porcentaje de la sentencia y que el saldo de condena sea inferior o igual a 36 meses. En hombres y mujeres se exige tener cumplida la mitad de la condena; y en embarazadas y mujeres con hijos lactantes, haber cumplido un tercio de la condena. En este último caso, aplica a mujeres condenadas y no en proceso judicial.

El texto agrega un incentivo a quienes cumplan con estas medidas. Luego de seis meses, se autorizan permisos de salida dominical, de fin de semana o de salida controlada al medio libre. Asimismo, las personas podrán solicitar durante el indulto, una salida esporádica para atención de salud o para la visita de un familiar grave.

En caso de incumplimiento injustificado, la normativa señala que se dará lugar al cumplimiento efectivo del saldo de la pena original, abonando el tiempo que se haya alcanzado a cumplir en el indulto.

Otros beneficios

El proyecto también considera a los condenados que están en situación de ingreso y egreso constante de los recintos penitenciarios, con condena de reclusión nocturna, reclusión parcial nocturna o quienes cuenten con permiso de salida controlada. En este grupo se verían beneficiadas 1.156 personas.

Quienes cumplen pena de reclusión nocturna total o parcial, como requisito deben tener un tercio de la pena cumplida y un saldo de condena inferior o igual a 36 meses. Dichas personas cumplirán reclusión domiciliaria nocturna (entre las 22 horas y 6 horas del día siguiente).

Además, a los que cuentan con salida controlada al medio libre, -con salida en la semana para trabajar- se les exigirá el requisito de tener la mitad de la pena cumplida y no superior a 36 meses de saldo de condena, la que cumplirán por medio de reclusión domiciliaria nocturna.

Y quienes tienen permiso dominical o de fines de semana, tendrán una modalidad de cumplimiento alternativo transitorio, por 6 meses, de reclusión domiciliaria total.

Catálogo y prisión preventiva

Por otra parte, se incorpora un catálogo de penas excluyentes, correspondientes a delitos graves como los de lesa humanidad, de homicidio, parricidio, violaciones, abusos sexuales de menores, femicidio, secuestros, sustracción de menores, torturas, apremios ilegítimos, tratos crueles y degradantes, infanticidio, asociación ilícita, tráfico ilícito de migrantes y trata de personas, tormentos y conductas terroristas, entre otros.

A lo anterior, como ya se señaló, la Cámara agregó las condenas por asociación ilícita en el tráfico de drogas y por tráfico de armas, como exclusiones para el indulto.

En el marco de la crisis sanitaria, parlamentarios de diversos sectores manifestaron su preocupación por las personas que cumplen prisión preventiva y que no están incluidas en el proyecto.

Al respecto, el ministro de Justicia, Hernán Larraín, dijo que con la Defensoría Penal Pública y con el Fiscal Nacional, han conversado sobre la necesidad de un cambio en las medidas cautelares. Sin embargo, agregó que los jueces tienen facultad para proponer medidas diferentes a la cárcel. En ese sentido, dijo que se han presentado entre 800 y mil requerimientos para el cambio de medidas.

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