El CNTV habría recibido denuncias cuestionando los comentarios realizados en "Contigo en la Mañana".
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó una multa impuesta a Chilevisión, especialmente al matinal "Contigo en la Mañana", quienes al hablar sobre la separación de los periodistas Carla Zunino y Claudio Fariña realizaron comentarios que fueron considerados "vulneratorios de la dignidad de las personas y de derechos fundamentales".
Esto se remonta al 10 de enero del 2020, cuando el comunicador había sido formalizado por el delito de amenazas en el contexto de Violencia Intrafamiliar, donde en dicho matinal mostraron una nota de cómo se afrontaba la situación al ser una pareja mediática.
"Durante el matinal se justifica caso de violencia intrafamiliar, específicamente de Claudio Fariña y Carla Zunino. Panelistas hablan de 'circunstancias del amor' y sobre dinámica de pareja, criticando que la afectada haya realizado la denuncia correspondiente ante tribunales de justicia, cuestionando roles parentales", fue una de las denuncias recibidas por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV), de una televidente quien cuestionó los comentarios posteriores a la emisión de la nota.
En esta se añadió que "(en el programa) señalan que debe esperarse que pase la situación por el bien del hijo, ignorando la situación de violencia contra la mujer actual en Chile y promoviendo que se pasen por alto amenazas vividas. Se defiende figura del agresor y cuestiona accionar de la víctima".
Ante esto, el organismo solicitó fiscalizare al espacio con una multa de 150 UTM, debido a que sostienen que el momento "vulnera la condición digna al amagar la vida privada de las personas y revictimizarlas en función de su vulnerabilidad, infringiendo el principio del correcto funcionamiento de la televisión".
"Efectivamente se aprecian elementos vulneratorios de la dignidad de las personas y de derechos fundamentales, al divulgar antecedentes de un proceso judicial en curso, de tal forma, que se facilita la posibilidad de incurrir en victimización secundaria", considera el fallo, en el que luego se agrega que "la multa aplicada se encuentra absolutamente dentro del marco y rango sancionatorio que señala la Ley", ratificando así la multa de 150 UTM (7,9 millones de pesos), impuesta hacia Chilevisión.
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