Click acá para ir directamente al contenido
PURANOTICIA TV ×
PURANOTICIA TV EN VIVO
Superintendencia de Salud instruye a isapres la suspensión del cobro en planes a cargas de nonatos y menores de dos años

Superintendencia de Salud instruye a isapres la suspensión del cobro en planes a cargas de nonatos y menores de dos años

  • Compartir en Whatsapp
  • Compartir en LinkedIn

La medida que comenzará a regir desde marzo de 2024 se enmarca en los fallos de la Corte Suprema.

Superintendencia de Salud instruye a isapres la suspensión del cobro en planes a cargas de nonatos y menores de dos años
Viernes 5 de enero de 2024 19:44
  • Compartir en Whatsapp
  • Compartir en LinkedIn

visitas

La Superintendencia de Salud emitió una circular en la cual instruye a las isapres a suspender los cobros de precio del plan de salud por las cargas nonatas y menores de dos años de edad. La medida que comenzará a regir desde marzo de 2024 se enmarca en los fallos de la Corte Suprema.

Al respecto, el superintendente Víctor Torres, señaló que "la Corte Suprema en su fallo sobre tabla de factores de riesgo dijo que las isapres no podían considerar a los nonatos y menores de 2 años en el cálculo del costo de los planes de salud de las y los afiliados y por eso, esta circular establece las modificaciones administrativas correspondientes para hacer efectivo lo dictado".

Añadió que "esta suspensión del cobro rige, según dicha sentencia, desde las cotizaciones que corresponden a la remuneración del mes de diciembre de 2022 y esta medida beneficiará a las personas afiliadas tanto con cargas nonatas y menores de 2 años que se encontraban inscritas en los planes de salud a diciembre de 2022, como a las que se incorporaron con posterioridad a esas fechas".

También dijo que "en marzo de 2024, las isapres deberán notificar al empleador de la persona afiliada el precio que resulte luego de aplicar la suspensión del cobro para que se haga la rebaja respectiva".

Las isapres deberán informar a los cotizantes la aplicación de esta suspensión en un plazo no superior a 10 días, contados desde la entrada en vigencia de la circular.

Además, estos cobros no podrán ser exigidos o realizados de manera retroactiva, una vez que la persona beneficiaria cumpla dos años de edad.

(Imagen: Superintendencia de Salud)

PURANOTICIA

Cargar comentarios