La medida se aplicará de forma automática a los contribuyentes de las zonas afectadas y forma parte de una serie de iniciativas para aplacar los efectos económicos de los incendios.
En el marco de las Medidas de Alivio Tributario, que forman parte del Plan de Recuperación y Ayudas Tempranas anunciado por el Gobierno, para apoyar a las familias afectadas por los incendios forestales, el Servicio de Impuestos Internos (SII) informó que las declaraciones de IVA que se presenten en febrero y marzo, podrán realizarse hasta el 31 de marzo, sin multas ni intereses, para los contribuyentes de las zonas declaradas como de catástrofe de las regiones de Ñuble, Biobío y La Araucanía.
La medida también aplica para otros impuestos mensuales (incluidos en la Ley sobre Impuesto a la Renta), tales como Pagos Provisionales Mensuales, retenciones de impuesto por sueldos y honorarios, correspondientes a los períodos ya indicados, que se declaran en el Formulario 29 y/o 50.
Esta postergación, que busca facilitar la declaración mensual, se aplicará automáticamente a los contribuyentes de las zonas afectadas y forma parte de una serie de iniciativas que buscan atenuar los efectos económicos de esta catástrofe en personas y empresas. La medida no aplica para aquellos contribuyentes cuya casa matriz no se encuentre en la zona de catástrofe.
PURANOTICIA