La medida del ente fiscalizador se basa en que todos los lugares donde se expenden alimentos para consumo en el mismo establecimiento deben contar con servicios higiénicos gratuitos para uso del público, incluidos los malls.
El Servicio Nacional del Consumidor denunciará ante los respectivos Juzgados de Policía Local a tres centros comerciales con patio de comidas que cobran por el acceso a sus baños o exigen la acreditación de una compra dentro del recinto para ingresar de manera gratuita.
La medida del ente fiscalizador se basa en que todos los lugares donde se expenden alimentos para consumo en el mismo establecimiento deben contar con servicios higiénicos gratuitos para uso del público, incluidos los malls.
Por esta razón, el Sernac realizó una serie de fiscalizaciones para constatar las condiciones de acceso en estos centros comerciales que contaban con patios de comidas o restaurantes, y que por tanto debían garantizar el uso gratuito de baños de estos establecimientos.
Justamente, el principal hallazgo de estas acciones tiene relación con la existencia de una serie de prácticas irregulares al momento de dar acceso a los servicios higiénicos.
Por esta razón, el servicio presentará tres denuncias contra Mall Espacio M, Mall Vivo Imperio y Mall Vivo Coquimbo, centros comerciales que, a pesar de tener la obligación de disponer de baños gratuitos para sus clientes por tener restaurantes o locales de comida, condicionaban el acceso con prácticas muy restrictivas.
Entre las infracciones constatadas se encontraron situaciones como por ejemplo:
- Limitar el acceso por un tiempo determinado desde que pagó el consumo.
- Exigir un monto mínimo de boleta.
- Restringir el ingreso de un número determinado de personas por boleta o veces por persona que se accede al baño.
Para el director nacional del Sernac, Andrés Herrera, el tema del acceso a los baños a consumidores "debe contar con los mecanismos más eficientes posibles para quienes, siendo clientes de los centros comerciales que cuenten con lugares para consumir alimentos dentro del mismo, puedan disponer de manera gratuita, oportuna y expedita en momentos que requieran acceder a los baños".
La autoridad enfatizó que lo anterior "supone además que se entienda que una persona pueda acceder las veces que requiera ir al baño y a su vez quienes lo acompañan, sin restricciones que puedan plantear algún tipo de menoscabo a la dignidad de las personas que confían comprando en estos centros".
La normativa vigente establece que los lugares donde se expenden alimentos para su consumo en el mismo establecimiento deben contar con servicios higiénicos gratuitos para uso del público. Estos deberán contar con papel tissue en cantidades necesarias para la utilización de las y los clientes, dispositivos de jabón líquido para el lavado de manos, entre otras cosas.
PURANOTICIA