El Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento de las empresas afectadas y confirmó la aplicación del límite legal de responsabilidad en el transporte marítimo. La decisión mantiene una indemnización que bordea el 10% del valor del cargamento perdido tras la falla del buque rumbo a China.
El Tribunal Constitucional rechazó por unanimidad, con ocho votos a favor, el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por siete exportadoras de fruta chilena en el caso del Maersk Saltoro.
La resolución confirmó la vigencia y constitucionalidad de los artículos 889 Nº 3, 895 Nº 2 b), 902 y 1217 del Código de Comercio, los que regulan la limitación de responsabilidad en el transporte marítimo.
El buque Maersk Saltoro experimentó una falla mecánica en enero de 2025, cuando navegaba de Valparaíso a Nansha, China, quedando a la deriva y retrasando su arribo al puerto chino, lo que implicó la pérdida de un cargamento de cerezas chilenas compuesto por más de 1.300 contenedores.
Con la decisión del TC, las indemnizaciones quedarán sujetas al tope legal establecido por el Código de Comercio, siendo inferior a las pérdidas ocasionadas tras la destrucción de la carga de cerezas, avaluada en más de 160 millones de dólares.
El monto aprobado por el Quinto Juzgado Civil de Valparaíso asciende a aproximadamente $15.200 millones, lo que representa cerca de un 10% del valor real del embarque perdido.
El conflicto se originó el 13 de enero de 2025, cuando el portacontenedores ligado a la naviera danesa sufrió una avería durante la navegación y quedó a la deriva en el océano Pacífico, cerca de Micronesia, por más de 20 días. El retraso provocó que el cargamento llegara en mal estado a China y fuera descartado.
Las exportadoras argumentaban que las normas que permiten al armador y transportista limitar su responsabilidad mediante un fondo especial vulneraban derechos constitucionales como la igualdad ante la ley, el derecho de propiedad y la garantía de reparación integral. En su visión, el sistema las obligaba a aceptar indemnizaciones que apenas cubrían una fracción del daño real.
El Tribunal, sin embargo, sostuvo que la limitación de responsabilidad es una institución reconocida en el derecho marítimo internacional y que cumple una función legítima, al proteger la viabilidad del transporte marítimo y evitar la ruina financiera por contingencias en alta mar. Por ello, concluyó que las disposiciones cuestionadas del Código de Comercio no infringen la Constitución chilena.
De esta manera, la cifra que finalmente se aplicará como límite de responsabilidad es de aproximadamente 15.200 millones de pesos chilenos, lo que ronda cerca de un 10% del valor real de la carga perdida. Con esto se mantiene vigente el reparto proporcional del fondo tal como se autorizó el 7 de marzo de 2025 en el Quinto Juzgado Civil de Valparaíso.
De haberse acogido el requerimiento, cada exportadora habría podido litigar individualmente por su propio daño, reclamando indemnizaciones plenas por la pérdida de más de 5 millones de cajas de cerezas. Al rechazarse, se mantiene vigente el reparto proporcional del fondo de limitación, tal como fue autorizado en Valparaíso.
El Maersk Saltoro zarpó desde el Puerto de San Antonio con destino a China el 27 de diciembre de 2024. El transporte contratado correspondía al denominado servicio “Cherry Express”, el que implica que el porteador cobre a los embarcadores una tasa adicional al traslado regular, comprometiéndose, como contrapartida, a un porteo directo y expedito de las cargas.
Según la planificación original, la nave debía arribar a su destino el día 15 de enero de 2025, con el objetivo que las cerezas chilenas pudiesen ser comercializadas con ocasión de la celebración del Año Nuevo Chino, pero el día 13 del mismo mes -durante la navegación- la nave sufrió una avería. Esto supuso la postergación de la fecha de arribo al recinto portuario de Nansha, al que finalmente atracó el 17 de febrero, más de un mes después.
Lo anterior derivó en una inspección por parte de las autoridades chinas, quienes determinaron que las cerezas ya no eran aptas para el consumo, por lo que se dio inicio al proceso de destrucción de más de 5 millones de cajas de cerezas y, con esto, a la instancia judicial que involucra a Maersk, Argosy (propietario de la nave) y Sinergy Marine (armador del buque).
PURANOTICIA