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Acogen recurso de CCU que deja sin efecto impuesto a bebidas deportivas y néctar

Acogen recurso de CCU que deja sin efecto impuesto a bebidas deportivas y néctar

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La Corte de Apelaciones de Santiago determinó que el Servicio de Impuestos Internos “transgredió el principio de legalidad que impera en materia tributaria y la reserva legal en cuanto a la creación de tributos en nuestro ordenamiento jurídico”.

Acogen recurso de CCU que deja sin efecto impuesto a bebidas deportivas y néctar
Sábado 6 de julio de 2024 12:53
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Un duro revés sufrió el Servicio de Impuestos Internos (SII) en el litigio que mantenía con CCU por la circular N°11, que modificó el Impuesto Agregado a las bebidas Analcohólicas (IABA), extendiendo su carga a la venta de néctares, bebidas isotónicas y bebidas hipotónicas (deportivas).

De acuerdo con información publicada este sábado por El Mercurio, la tarde de este viernes la Corte de Apelaciones de Santiago zanjó la disputa y acogió el recurso de protección que había presentado la compañía de bebidas de los Luksic y Heineken en contra del organismo fiscalizador.

De esta manera, se dejó sin efecto la circular del Servicio de Impuestos Internos que regulaba el cobro del nuevo gravamen que establecía una tasa del 10%, que podía elevarse hasta el 18%, dependiendo de si las bebidas tienen un elevado contenido de azúcares. Con ello, se congela por ahora el pago del tributo que cargaba las ventas de estos productos desde junio.

En el fallo de primera instancia, que podría ser apelado ante la Tercera Sala de la Corte Suprema, se sostiene que la circular que firmó el saliente director del Servicio, Hernán Frigolett, “amplió el campo práctico de aplicación de la norma, transgrediendo el principio de legalidad que impera en materia tributaria y la reserva legal en cuanto a la creación de tributos en nuestro ordenamiento jurídico”.

En el escrito ingresado en abril por el abogado Arturo Fermandois, Embotelladoras Chilenas Unidas S.A., filial de CCU, alegó que el SII “está creando un tributo nuevo que no tiene respaldo alguno en la ley y contradice la actuación anterior propia del Servicio por muchas décadas en su función”.

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