
La medida adoptada por el Ministerio de Salud responde a la necesidad de frenar la propagación de virus respiratorios durante los meses de otoño e invierno en nuestro país.
Ante el aumento sostenido de enfermedades respiratorias y en el marco de la Alerta Sanitaria vigente desde el pasado 24 de marzo, este martes 15 de abril comienza a regir en Chile el uso obligatorio de mascarillas en todos los servicios de urgencia, tanto en centros de salud públicos como privados.
La medida fue oficializada a través del Diario Oficial el pasado 3 de abril y responde a la necesidad de frenar la propagación de virus respiratorios durante los meses de otoño e invierno. Según detalla la normativa, la obligatoriedad se aplicará “a todo el personal de salud, incluidos los profesionales, técnicos, administrativos, auxiliares y alumnos en práctica; pacientes y cualesquiera otras personas que se encuentren en los mencionados servicios de urgencia de todos los niveles de atención”.
Además, el Ministerio de Salud dejó abierta la posibilidad de extender el uso forzado de mascarillas a otros espacios de acceso público o con alta afluencia de personas, si así lo requiere la evolución de los contagios.
La disposición sanitaria regirá inicialmente hasta el 31 de agosto de 2025, aunque podría finalizar antes si “las condiciones epidemiológicas permiten su suspensión”.
Respecto a los modelos permitidos, la normativa aclara que en Chile están autorizadas las mascarillas quirúrgicas, de procedimiento, de tres pliegues, así como las de alta eficiencia tipo N95, KN95 o sus equivalentes.
El incumplimiento de esta medida puede derivar en sanciones tanto para personas como para establecimientos de salud. Las penas contemplan presidio menor en su grado mínimo a medio (entre 541 días y tres años y un día) o multas que van desde 6 a 200 UTM, es decir, entre aproximadamente $410 mil y más de $13 millones.
PURANOTICIA