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Tribunal Supremo de la DC suspende militancia de Fuad Chahin por haber promovido la opción Rechazo

Tribunal Supremo de la DC suspende militancia de Fuad Chahin por haber promovido la opción Rechazo

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El pasado 1 de noviembre un grupo de militantes de la Democracia Cristiana solicitó al Tribunal Supremo del partido la expulsión del expresidente de la tienda por “contravenir la disciplina partidaria”.

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Jueves 3 de noviembre de 2022 23:08
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El Tribunal Supremo (TS) de la Democracia Cristiana decidió suspender la militancia de Fuad Chahin por 60 días por apoyar a la opción Rechazo con miras al plebiscito constitucional del 4 de septiembre, a pesar de que la Junta Nacional del partido había decidido apoyar al Apruebo.

El pasado 1 de noviembre un grupo de militantes del conglomerado solicitó al TS del partido la expulsión del expresidente de la tienda por “contravenir la disciplina partidaria”.

La presentación fue realizada por Homero Varela, María Antonieta Escobar, Galo Maureira, Heraldo de Pujadas, Jessica Sepúlveda, Misael Peña, Irene Celis, Cecilia Montt, Francisco Javier Garay, Juan Manuel Sepúlveda, Luis Platoni, José Soto, Marta Elvira Caballero, Patricio Gil, Ricardo Andrade, Alma Alvaradejo, Flavio Garrido, Eduardo Reveco, María Oriana Escobar, Luis Hidalgo y Jorge Consales Carvajal.

El fallo del Tribunal Supermo indicó que “se acoge la solicitud de suspensión de los derechos de militante del camarada Fuad Chahin Valenzuela por un periodo de 60 días hábiles prorrogables, conforme lo prescribe el artículo 2º literal d) del Reglamento de Procedimientos de los Tribunales Partidarios, el que dispone que “en cualquier etapa de la causa, y aun antes de su inicio, el Tribunal podrá suspender preventivamente al militante en su condición de tal o del cargo partidario que detente o prorrogar la suspensión que se hubiere decretado, hasta por un tiempo no superior a sesenta días hábiles prorrogable, cuando a su juicio la gravedad de los hechos en que éste aparezca involucrado, así lo justifique.”

Además, al exdiputado se le entregó un plazo de 10 días hábiles desde la notificación del fallo para que presente los descargos y/o antecedentes y medios probatorios que estime conveniente.

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