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Revelan detalles desconocidos del elaborado plan del autor intelectual para que se ejecutara el sicariato de «El Rey de Meiggs» en Ñuñoa

Revelan detalles desconocidos del elaborado plan del autor intelectual para que se ejecutara el sicariato de «El Rey de Meiggs» en Ñuñoa 

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Antecedentes fueron expuestos por la Fiscalía Metropolitana Oriente en el 8º Juzgado de Garantía de Santiago, donde se formalizó al dueño de los restaurantes «La Vaquita Sabrosa».

Revelan detalles desconocidos del elaborado plan del autor intelectual para que se ejecutara el sicariato de «El Rey de Meiggs» en Ñuñoa
Viernes 25 de julio de 2025 07:41
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Una elaborada trampa le tendió el empresario gastronómico Wilson Carol del Carmen Verdugo Díaz, de 56 años, al comerciante José Felipe Reyes Ossa, conocido como «El rey de Meiggs», con el fin de que fuera asesinado por los tres sicarios venezolanos el 19 de junio pasado en la comuna de Ñuñoa.

Los antecedentes fueron expuestos por la Fiscalía Metropolitana Oriente en el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, donde se formalizó al dueño de los restaurantes «La Vaquita Sabrosa» como autor intelectual de los delitos de homicidio calificado, robo con intimidación y tenencia ilegal de municiones.

Según el ente persecutor, en días previos al 19 de junio de 2025, Verdugo, previo pago de al menos $30 millones, encargó a un extranjero (en proceso de identificación) dar muerte a Reyes y robarle un sobre con dinero que le entregó a la víctima.

Para la identificación de Reyes, el imputado le proporcionó a este extranjero una fotografía, datos sobre su vehículo particular, domicilio, además del día y la hora precisa en que la víctima volvería desde la región de Valparaíso a su departamento en Ñuñoa.

En paralelo, el imputado coordinó con Reyes la entrega de un sobre con $9 millones en efectivo, el cual dejó en la conserjería del edificio donde residía, alrededor de las 8:09 horas del 19 de junio. Asimismo, mantuvo contacto permanente con la víctima y solicitó que le avisara cuando tuviera el sobre con el dinero en su poder.

En tanto, el sujeto contratado les encomendó –a cambio de una elevada suma de dinero– a los coimputados Alberto Mejía Hernández (actualmente prófugo), Yonder Blanco Véliz y Neomar Arismendi Duarte, los tres de nacionalidad venezolana y supuestos miembros del «Tren de Aragua», la ejecución material del plan criminal.

Los tres coimputados se trasladaron desde un domicilio de Estación Central, a bordo de vehículo Chevrolet Spark, hasta las inmediaciones del domicilio de la víctima en Ñuñoa, donde esperaron desde aproximadamente las 10 de la mañana por el arribo de Reyes, que viajaba de regreso desde Viña del Mar, donde estaba de vacaciones.

Alrededor del mediodía, la víctima llegó a su domicilio en calle Quirihue en una camioneta BMW, acompañado de un amigo, con quien ingresó al edificio, retiró el sobre y llamó al imputado para avisarle que tenía el dinero en su poder.

Posteriormente, al salir del inmueble, Reyes y su acompañante fueron abordados por los tres venezolanos, quienes los amenazaron de muerte, le arrebataron el sobre con el dinero al amigo, golpearon a la víctima e intentaron subirla al vehículo Chevrolet. Al no lograrlo, le dispararon en tres oportunidades, causándole la muerte en el lugar.

Finalmente, el miércoles pasado, personal del OS9 de Carabineros dio cumplimiento a la orden judicial de entrada y registro al domicilio de Wilson Verdugo Díaz, ubicado en Providencia, donde lo detuvieron e incautaron cinco cartuchos calibre .38, marca Winchester, y un cartucho calibre .38. marca Famae, sin contar el imputado con autorización para su tenencia.

LOS ARGUMENTOS DEL JUEZ

Tras escuchar los cargos de la formalización y a solicitud de la Fiscalía, el magistrado Iván Olavarría Berbelagua ordenó el ingreso en prisión preventiva de Verdugo por considerar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.

Al resolver su privación de libertad, el juez Olavarría consideró que “concurren en la especie antecedentes calificados que permiten considerar que la libertad del imputado es especialmente peligrosa para la seguridad de la sociedad, conforme a los parámetros establecidos en el artículo 140 inciso cuarto del Código Procesal Penal".

"En primer término, los delitos imputados tienen asignada pena de crimen en la ley que los consagra, particularmente el homicidio calificado que contempla pena de presidio mayor en su grado medio a presidio perpetuo calificado”.

“En segundo lugar, los hechos fueron cometidos haciendo uso de armas de fuego, circunstancia expresamente contemplada por el legislador como especialmente peligrosa para la seguridad de la sociedad"

"En tercer término, la actuación se desarrolló en el contexto de una organización criminal, al menos circunstancial, integrada por el imputado como autor intelectual y tres ejecutores materiales, evidenciando una estructura delictiva cuya modalidad que atenta gravemente contra los fundamentos de la convivencia social".

MILLONARIA DEUDA

Asimismo, el magistrado consignó otros factores que refuerzan la peligrosidad de la libertad del imputado:

- La gravedad excepcional de los hechos, tratándose de un homicidio por encargo que evidencia una personalidad de extrema peligrosidad.

- La multiplicidad de delitos formalizados, que revelan una conducta reiterada hacia la comisión de ilícitos.

- Los antecedentes del imputado, quien no tiene irreprochable conducta anterior, registrando causas por giro doloso de cheques, e investigaciones en curso por delitos de defraudación con relación a la adquisición irregular de bienes raíces.

- Las sofisticadas conductas de ocultamiento desplegadas, utilizando múltiples dispositivos telefónicos para eludir la investigación.

- La magnitud de la deuda que mantiene en el sistema financiero (más de mil millones de pesos), que evidencia una situación de desesperación económica que lo torna especialmente peligroso.

- Y la naturaleza planificada y profesional del delito, que demuestra una potencial capacidad para organizar y ejecutar crímenes de extrema gravedad.

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