Sernac recordó que existe un plazo de 10 días para ejercer el derecho a retracto desde que se completa la primera publicación de los resultados de las postulaciones.
El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) informó que hasta el jueves 30 de enero, los estudiantes que ingresan a primer año de educación superior tendrán plazo para poder ejercer el derecho a retracto, el cual les permite desistir de algún contrato firmado con una institución.
En específico, la Ley del Consumidor establece que quienes ingresan a primer año de una carrera de pregrado, ya sea en una universidad, centro de formación técnica (CFT) o instituto profesional (IP), que se hayan matriculado en otra institución y que quieran cambiarse, puedan hacerlo luego de conocer los resultados de las postulaciones a las instituciones que forman parte del Sistema de Acceso a la Educación Superior.
De esta forma, existirá un plazo de 10 días corridos para ejercer el derecho a retracto desde que se completa la primera publicación de los resultados de las postulaciones, es decir, desde este martes 21, hasta el jueves 30 de enero.
Este derecho a retracto puede ser ejercido por los estudiantes matriculados para el año 2025 o quien hizo efectivo el pago en su representación, sin importar el tiempo transcurrido previo a la publicación de los resultados del sistema de acceso.
La institución de educación superior debe devolver lo pagado por la matrícula y la documentación que respalda el pago del año dentro del plazo de 10 días corridos desde que el alumno ejerció el derecho de retracto.
La casa de estudios sólo podrá retener de lo pagado un monto que no podrá exceder el 1% del arancel anual de la carrera por concepto de costos de administración.
Adicionalmente, mientras esté vigente el plazo de retracto, las instituciones de educación superior no pueden negociar los documentos que han recibido, en respaldo del período educacional respectivo. Es decir, la documentación no puede ser objeto de una operación de factoring, no pueden ser endosados o dados en garantía, tampoco entregarlos en comisión de cobranza ni realizar ninguna otra operación semejante.
Para ejercer este derecho se debe presentar el comprobante de la segunda matrícula ante la primera institución junto a una fotografía de la cédula de identidad vigente por ambos lados.
Idealmente debe acompañar la solicitud con una carta, en la que se manifiesta que se quiere ejercer el derecho a retracto donde quede bien clara la fecha. El formato de la carta está disponible en www.sernac.cl/retracto o en el sitio web www.sesuperior.cl.
También hay que pedir a la institución que timbre o firme una copia de la carta de manera que quede constancia de la fecha en la que se hizo efectivo el derecho, por si hay problemas posteriores.
Si luego de transcurridos 10 días corridos de este trámite no de ha recibido la devolución del dinero o la confirmación de la anulación del contrato, se podría estar en presencia de una infracción a la Ley del Consumidor.
En caso de que la institución no respete este derecho, se pueden realizar reclamos en:
- Portal del Consumidor, a través de Clave Sernac o ClaveÚnica.
- Acudiendo a cualquiera de las oficinas de atención de público a lo largo del país. O a través de la plataforma de reclamos y denuncias de la Superintendencia de Educación Superior.
PURANOTICIA