El Ministerio de la Mujer solicitó la renuncia no voluntaria de la directora nacional del SernamEG, Priscilla Carrasco, tras detectar una serie de irregularidades en el funcionamiento del servicio, pese a que la autoridad se encuentra en tratamiento por cáncer de mama.
De acuerdo a un informe al que tuvo acceso Emol, la cartera advirtió que “se han identificado deficiencias reiteradas en la entrega, calidad y consistencia de la información proporcionada” por el servicio.
En esa línea, el documento sostiene que “dichas situaciones evidencian debilidades graves en la gestión institucional, con impacto directo en la toma de decisiones, el control interno y la coordinación sectorial a nivel nacional, afectando el ejercicio de las atribuciones de supervigilancia que corresponden a este Ministerio”.
Entre los antecedentes, se constataron “situaciones de riesgo” asociadas a la “entrega de información insuficiente y extemporánea”, donde se registran atrasos, respuestas incompletas y ausencia de antecedentes frente a solicitudes formales.
A ello se suma la “falta de veracidad, integridad y trazabilidad”, ya que “la información presenta inconsistencias, omisiones y una tendencia a remitir antecedentes parciales o sesgados, vulnerando el principio de probidad consagrado en el artículo 52 de la Ley N°18.575 y el artículo 62 del DFL N°29/2004”.
El informe también advierte sobre una intervención en los flujos de información, indicando que “se identifican instancias en que la información remitida es filtrada o ajustada previamente antes de su envío a la autoridad ministerial”.
Asimismo, se mencionan problemas como una “desalineación institucional a nivel nacional”, “comunicaciones imprecisas” y “concentración de gestión y restricción de información”.
A esto se agrega la compleja situación financiera de la Fundación para la Promoción y Desarrollo de la Mujer (Prodemu), la que, según el documento, implica un “riesgo sistémico”.
Finalmente, el texto concluye que “las situaciones descritas configuran fundamento suficiente de pérdida de confianza y ruptura del vínculo de servicio que exige el cargo, de conformidad con la jurisprudencia administrativa contenida en los Dictámenes CGR N°36.289/2015 y N°73.526/2013”, por lo que “se recomienda proceder con urgencia, atendido el riesgo institucional descrito”.
PURANOTICIA