Click acá para ir directamente al contenido
PURANOTICIA TV ×
PURANOTICIA TV EN VIVO
Gobierno publica lista de las 73 empresas cuyos trabajadores no podrán ejercer derecho a huelga

Gobierno publica lista de las 73 empresas cuyos trabajadores no podrán ejercer derecho a huelga

  • Compartir en Whatsapp
  • Compartir en LinkedIn

El Gobierno a través del Ministerio del Trabajo entregó una lista de más de 70 empresas consideradas estratégicas, donde sus trabajadores no podrán ejercer el derecho a huelga, incluyendo sectores de la salud, electricidad y servicios sanitarios.

Gobierno publica lista de las 73 empresas cuyos trabajadores no podrán ejercer derecho a huelga
Jueves 25 de septiembre de 2025 20:17
  • Compartir en Whatsapp
  • Compartir en LinkedIn

visitas

El Gobierno publicó en el Diario Oficial una lista con empresas consideradas como estratégicas y que, por ende, sus trabajadores no podrán ejercer el derecho a huelga dentro de sus negociaciones colectivas.

La lista informada por el Gobierno está compuesta por varias empresas del ámbito de la salud, electricidad y servicios sanitarios, junto con ciertas faenas de empresas eléctricas.

La resolución indicó que 117 solicitaron la calificación, sin embargo, se confirmó que 73 compañías quedaron dentro de esta categoría para el presente año.

La cifra marca un incremento respecto a las 69 empresas consideradas estratégicas en 2023, aunque todavía se mantiene por debajo de las 76 que fueron catalogadas bajo el mismo criterio en 2021.

Mediante la publicación en el Diario Oficial, el Ejecutivo recordó que la Constitución estipula que “no podrán declararse en huelga los funcionarios del Estado ni de las municipalidades”.

Desde el Ministerio del Trabajo -encargado de difundir la publicación- explicaron que una limitación al ejercicio del derecho de huelga legal se entiende justificado en aquellos casos donde “dicha medida es la interrupción en la continuidad de la prestación de servicios esenciales para la población en general”.

“La declaratoria que limita un derecho o fundamental debe estar motivada por la existencia de un riesgo cierto a la continuidad de un servicio esencial para la población en general, pudiendo afectarla en la prestación de un servicio público que impacte inmediatamente en la salud, seguridad, economía o el abastecimiento del país”, agregó el texto.

Las 73 empresas que no tendrán derecho a huelga son:

  • Aguas Patagonia de Aysén S.A.
  • Aguas Andinas S.A.
  • Aguas Araucanía S.A.
  • Aguas Cordillera S.A.
  • Aguas de Antofagasta S.A.
  • Aguas Décima S.A.
  • Aguas del Altiplano S.A.
  • Aguas del Valle S.A.
  • Aguas Magallanes S.A.
  • Aguas San Pedro S.A.
  • Banco Central de Chile
  • Celeo Redes Chile Limitada
  • Central Yungay S.A.
  • Centro de Diálisis Villarrica Ltda.
  • Centro de Salud Antares SpA.
  • Centro Médico de Diálisis Diaseal S.A.
  • Centro Renal SpA.
  • CGE Transmisión S.A.
  • Chilquinta Distribución S.A.
  • Chilquinta Transmisión S.A.
  • Compañía Eléctrica del Litoral S.A.
  • Compañía Eléctrica Osorno S.A.
  • Compañía General de Electricidad S.A.
  • Cooperativa de Consumo de Energía Eléctrica Chillán Ltda.
  • Cooperativa Eléctrica Charrúa Ltda.
  • Cooperativa Rural Eléctrica Río Bueno Ltda.
  • Cooperativa de Abastecimiento de Energía Eléctrica Curicó Limitada.
  • Cooperativa Regional Eléctrica Llanquihue Ltda.
  • Cooperativa de Servicios de Abastecimiento y Distribución de Agua Potable Alcantarillado y

Saneamiento Ambiental Yungay, Yungay, Gultro, Los Lirios Limitada.

  • Cooperativa Eléctrica Los Ángeles Ltda.
  • Coordinador Independiente del Sistema Eléctrico Nacional
  • Cuerpo de Bomberos de Concepción
  • Cuerpo de Bomberos de Ñuñoa
  • Diálisis Colina S.A.
  • Diálisis Norte S.A.
  • Empresa de Servicios Sanitarios San Isidro S.A.
  • Empresa Eléctrica de Aisén S.A.
  • Empresa Eléctrica de La Frontera S.A.
  • Empresa Eléctrica de Magallanes S.A.
  • Empresa Eléctrica Puente Alto S.A.
  • Empresas Gasco S.A.
  • Enel Colina S.A.
  • Enel Distribución Chile S.A.
  • Essbio S.A.
  • Esval S.A.
  • Gas Sur S.A.
  • Gasmar SpA.
  • GNL Quintero S.A.
  • Luzlinares S.A.
  • Luzparral S.A.
  • Metrogas S.A.
  • Nueva Atacama S.A.
  • Nuevosur S.A.
  • Sacyr Agua Chacabuco S.A.
  • Sacyr Agua Lampa S.A.
  • Sacyr Agua Norte S.A.
  • Sacyr Agua Santiago S.A.
  • Sacyr Agua Utilities S.A.
  • Servicios Médicos Horizonte S.A.
  • Servicios Médicos Chillán Viejo SpA.
  • Sistema de Transmisión del Norte S.A.
  • Sistema de Transmisión del Sur S.A.
  • Sociedad Diálisis del Maule Limitada
  • Sociedad Marítima y Comercial Somarco Ltda.
  • Sociedad Nacional de Oleoductos S.A.
  • Sociedad Austral de Eléctricidad S.A.
  • Sociedad GNL Mejillones S.A.
  • Suralis S.A.
  • Transbordadora Austral Broom S.A.
  • Transelec Concesiones S.A.
  • Transelec S.A.
  • Transporte Marítimo Chiloé Aysén S.A.
  • Transportes Puelche S.A.

El segundo punto de la resolución determinó que la prohibición de ejercer el derecho a huelga se aplicará solo de manera parcial, afectando faenas específicas dentro de grandes empresas de generación eléctrica.

En las que se determinó la prohibición de huelga -en ciertas áreas- son:

En empresa Colbún S.A.: "Área Cerro Navia: Central Nehuenco 1, 2 y 3", "Área Alto Jahuel: Central Colbún" y "Área Araucanía: Central Canutillar".

En Enel Green Power Chile S.A.: "Línea de transmisión vinculada a la Central Pilmaiquén" y "Las instalaciones de los transformadores Pilmaiquén 66-13,8 KV".

En Engie Energía Chile S.A.: Área Arica: Centrales Chapiquiña y Diésel Arica" y "Área Centro: Central Termoeléctrica Tocopilla; Central Térmica Mejillones".

En Enel Generación Chile S.A.: Faenas en "Área Tarapacá: Central TG Tarapacá", "Área O´Higgins: Central Atacama", "Área Diego de Almagro: Central Taltal y Central Diego de Almagro", "Área Pan de Azúcar: Central Los Molles", "Área Cerro Navia: Central Rapel y Central Quintero", "Área Alto Jahuel: Central Pehuenche", "Área Itahue: Central Cipreses", y "Área Biobío: Centrales El Toro, Antuco, Pangue, Palmucho y Ralco".

PURANOTICIA