La nueva Ley 21.778 exigirá una hora diaria de movimiento en establecimientos educacionales desde 2027, alineándose con recomendaciones de la OMS y buscando enfrentar la inactividad y la obesidad infantil en Chile.
El Gobierno promulgó la Ley N°21.778, que obliga a todos los establecimientos educacionales del país a asegurar al menos 60 minutos diarios de actividad física, marcando un hito en las políticas públicas de promoción de la salud y educación integral. La normativa fue publicada en el Diario Oficial el 25 de noviembre de 2025, luego de permanecer siete años detenida en la Comisión de Hacienda del Senado.
La iniciativa —impulsada por los ministerios de Salud, Educación y Deporte . Busca cumplir con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS), que sugiere una hora diaria de actividad física moderada o vigorosa para niños y jóvenes entre 5 y 17 años.
La ministra de Salud, Ximena Aguilera, destacó que la ley representa un avance estructural en bienestar: “La salud no se construye solo en los centros asistenciales. También depende de las condiciones en que vivimos, nos educamos y nos desarrollamos. Esta ley fortalece ese enfoque integral”. La autoridad subrayó que el movimiento impacta tanto la salud física como la mental.
En la misma línea, el ministro de Educación, Nicolás Cataldo, valoró el alcance transformador de la medida. “No es solo una hora más de actividad: es un cambio cultural. Tendrá efectos inmediatos en la convivencia escolar y, a largo plazo, en los hábitos de toda la sociedad”, afirmó.
El ministro del Deporte, Jaime Pizarro, resaltó el trabajo intersectorial que permitió destrabar la tramitación: “Logramos articular esfuerzos entre el Ejecutivo y el Parlamento para promover más actividad física en las comunidades educativas. Esta ley también desincentiva el sedentarismo y el exceso de pantallas, factores de riesgo que afectan especialmente a niños y niñas”.
El senador Francisco Chahuán, autor de la moción original presentada hace 14 años, valoró el impulso final del Ejecutivo: “Hubo muchas excusas durante años. Este gobierno priorizó la iniciativa y permitió que se convirtiera en realidad”.
La normativa fue aprobada de manera transversal en el Senado, con 22 votos a favor, ninguno en contra y dos abstenciones, luego de que se despejaran dudas sobre su impacto financiero. Según el texto, la implementación no generará nuevos gastos para el Estado, ya que se integrará a los planes de gestión existentes en cada establecimiento.
Chile se suma así a países como Finlandia, Francia y China, que ya cuentan con políticas obligatorias de actividad física escolar, en un contexto nacional marcado por altos índices de sedentarismo y tasas crecientes de sobrepeso y obesidad infantil.
60 minutos diarios de actividad física o juegos activos, según el nivel educativo.
No reemplaza la asignatura de Educación Física; se suma a la jornada escolar.
Puede integrarse en clases, recreos, actividades pedagógicas y transporte escolar.
Garantiza inclusión para estudiantes con discapacidad.
Contempla formación continua para docentes y asistentes.
No implica nuevos costos para el Estado.
2027: Educación Parvularia hasta 4° Básico.
2028: 5° Básico a 4° Medio.
Con la puesta en marcha de esta ley, el país apuesta por una transformación sostenida en los hábitos de movimiento de niñas, niños y adolescentes, buscando reducir el sedentarismo y mejorar la calidad de vida escolar y comunitaria.
PURANOTICIA