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Francisco Pulgar y Miguel Ángel Calisto no recuperarían fuero parlamentario en caso de ser elegidos

Francisco Pulgar y Miguel Ángel Calisto no recuperarían fuero parlamentario en caso de ser elegidos

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A pesar de lo dispuesto en la Constitución, la Fiscalía Nacional afirmó que la pérdida de fuero parlamentario no se revierte si los legisladores son reelegidos al Congreso.

Francisco Pulgar y Miguel Ángel Calisto no recuperarían fuero parlamentario en caso de ser elegidos
Lunes 1 de septiembre de 2025 12:36
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La Fiscalía Nacional aseguró que el desafuero de los parlamentarios no se termina en caso de ser elegidos nuevamente al Parlamento, a pesar de lo dispuesto en la Constitución.

Según consigna La Tercera, en su inciso segundo del artículo 61, la Carta Fundamental señala que “ningún diputado o senador, desde el día de su elección o desde su juramento, según el caso, puede ser acusado o privado de su libertad”.

Este fuero parlamentario solo puede ser levantado por una Corte de Apelaciones, con su eventual ratificación de la Corte Suprema, como en el caso de los diputados independientes Francisco Pulgar y Miguel Ángel Calisto, que pretenden llegar al Senado.

Al respecto, la Fiscalía Nacional señaló a La Tercera que “el hecho de que candidatos a diputados y/o senadores enfrenten procesos judiciales en curso, con los respectivos desafueros ya aprobados, no impide que la Fiscalía siga la persecución penal de los delitos investigados y no obliga a solicitar nuevamente el desafuero respectivo en caso de ser elegidos, salvo el o los casos que traten de hechos no comprendidos en el desafuero primitivo”.

A pesar del desafuero, Pulgar mantiene firme su candidatura senatorial por el Maule, a pesar de que fue desaforado por una antigua denuncia de violación y acoso sexual, que aún sigue en etapa de investigación y no ha sido confirmada en tribunales.

Miguel Ángel Calisto, en tanto, postula en un cupo del partido FREVS al Senado por la Región de Aysén. Contra él se sigue un proceso de desafuero -por el eventual mal uso de asignaciones parlamentarias- que ya fue resuelto por la Corte de Apelaciones de Coyhaique, pero al que apeló ante la Suprema.

Si bien en ambos casos predomina la presunción de inocencia (mientras no sean condenados por tribunales ni acusados formalmente por la Fiscalía), sus postulaciones generan varios problemas.

Al haber un desafuero de por medio, un legislador no puede entrar a la sala ni tomar posesión del cargo. Por lo tanto, ni siquiera podrían comenzar a recibir la dieta ni las asignaciones por su nueva investidura.

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