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En enero comienzan a pagarse los nuevos beneficios de la reforma previsional para pensionados

En enero comienzan a pagarse los nuevos beneficios de la reforma previsional para pensionados

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La compensación por expectativa de vida para mujeres y el beneficio por años cotizados se entregarán de forma automática desde 2026, favoreciendo a más de 1,7 millones de personas.

En enero comienzan a pagarse los nuevos beneficios de la reforma previsional para pensionados
Viernes 26 de diciembre de 2025 09:47
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En enero próximo se comenzarán a pagar los primeros dos nuevos beneficios para los pensionados, establecidos en la reforma previsional: La compensación por diferencias de expectativa de vida (CEV), solo para mujeres, y el beneficio por años cotizados (BAC).

Según consigna La Tercera, en 2026 el CEV debería llegar a 757 mil mujeres. Mientras, se estima que habrá 1 millón de beneficiarios totales por el BAC el próximo año.

No es necesario postular a los beneficios, ya que el pago se hará de manera automática a quienes cumplan los requisitos. Así, el beneficio se pagará junto con la pensión que recibe actualmente cada persona en su compañía de seguros de vida, o en la AFP.

BENEFICIO POR AÑOS COTIZADOS

El beneficio por años cotizados pretende mejorar las pensiones de los actuales pensionados y de quienes lo hagan durante los próximos 30 años. Está destinado a las personas pensionadas por vejez o invalidez del D.L N°3.500, que tengan 65 años o más.

No hay un requisito en cuanto a nivel de ingresos, sino que más bien para acceder las mujeres requieren un mínimo de 10 años cotizados, y 20 años en el caso de los hombres. Igualmente, desde 2028 este requisito para las mujeres aumentará gradualmente hasta llegar a un mínimo de 15 años de cotizaciones requeridas en el año 2036.

A quienes cumplan esos requisitos desde enero se les pagarán UF 0,1 por cada año (12 meses continuos o discontinuos) que hayan cotizado, con un con tope de 25 años, es decir, recibirán un máximo de UF 2,5, equivalente a casi $100 mil.

El monto que resulte de ese cálculo se pagará de manera mensual y de por vida al jubilado en cuestión, ya que el beneficio es permanente hasta el fallecimiento del beneficiario.

“El propósito de este beneficio es reconocer y recompensar el esfuerzo de cotización de hombres y mujeres que, habiendo cotizado a lo largo de su vida activa, obtienen pensiones insuficientes, a la vez que actúa como incentivo a la cotización para incrementar el ahorro previsional”, sostiene un documento de la Superintendencia de Pensiones.

Si bien este beneficio se pagará de por vida a quienes lo empiecen a recibir desde enero, sin cambiar el monto que reciben; lo cierto es que llegará un punto, en un par de décadas más, donde bajará el monto que se desembolsará para los nuevos beneficiarios que accedan hacia adelante, e irá disminuyendo gradualmente hasta que dentro de 30 años más ya no podrán acceder más beneficiarios.

Esto, porque desde el año 2046, “el número máximo de meses computables para el cálculo del beneficio irá disminuyendo gradualmente, hasta el número mínimo de meses cotizados exigibles para poder acceder al mismo”, afirma la Superintendencia en el reporte.

En tanto, desde el año 2056 ya no podrán acceder más personas beneficiarias al BAC, y desde ahí en adelante solo se pagará el monto correspondiente a quienes hasta esa fecha hayan estado recibiendo el beneficio con anterioridad.

COMPENSACIÓN POR EXPECTATIVAS DE VIDA

El segundo beneficio que empezará a regir desde el próximo mes está dirigido a las mujeres, esta es la compensación por diferencias de expectativa de vida, que busca disminuir brechas de género y equiparar las pensiones entre hombres y mujeres, corrigiendo la diferencia por expectativa de vida que suele perjudicarlas a ellas.

Esto quiere decir que si un hombre y una mujer se pensionan a los 65 años y ahorran el mismo monto, teniendo un grupo familiar equivalente, desde ahora recibirán la misma pensión. Así es precisamente como se calculará este beneficio que se empezará a pagar en enero, y se desembolsará de manera mensual y hasta el fallecimiento de la persona.

“El beneficio está dirigido a las mujeres a partir de los 65 años que reciban una pensión del sistema de capitalización individual de vejez o invalidez no cubiertas por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)”, sostiene el documento de la Superintendencia de Pensiones.

El valor mínimo del beneficio es de UF 0,25 UF mensuales, esto equivale a casi $10 mil, que se pagará desde los 65 años.

Este beneficio se vinculó con la edad de jubilación, para incentivar un mayor tiempo de cotización. Además, el beneficio se paga por completo cuando la mujer se pensionó efectivamente a los 65 años o más, y disminuye gradualmente si la edad efectiva de pensión es inferior.

Por ejemplo, si la mujer se pensionó antes de los 60 años, no recibe beneficio. Pero si se pensionó justo a los 60 años, recibirá el 5% del beneficio. Si su edad efectiva de pensión fue a las 61 años, entonces conseguirá el 15% de la compensación. Al pensionarse efectivamente a los 62 años logra el 25%, y si lo hizo a los 63 años será el 50%. Mientras que a los 64 años sería el 74%.

Además, las mujeres que quieran acceder deben contar con al menos una cotización al Seguro Social con anterioridad al cumplimiento de los 50 años de edad. Eso sí, esto último no aplica para las personas que se hayan pensionado antes del 1 de agosto de 2025, cuando no existía la cotización que se destina al Seguro Social.

RECURSOS EN EL FONDO AUTÓNOMO

El Instituto de Previsión Social (IPS) es el encargado de coordinar el pago de estos beneficios con los diferentes actores involucrados en el proceso.

En ese sentido, el Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP) de lo que está encargado es de entregar los recursos para financiar el pago de estos dos beneficios.

El FAPP ha calculado que sus funciones involucran una “volumetría y complejidades comparables a los de una institución de cierta envergadura”, según señala una presentación. Entre otras cosas, porque allí sostienen que deben gestionar 5,8 millones de cotizaciones mensuales, 1,8 millón de beneficios mensuales, US$3.800 millones de recaudación anual en régimen, US$1.300 millones en beneficios anuales, entre otros.

Agosto marcó el primer gran hito en el marco de la implementación de la reforma de pensiones, dado que empezó a regir el aumento de la cotización adicional con cargo al empleador que definió el proyecto, de manera gradual, en un plazo de nueve años.

Hasta ahora, los trabajadores cotizaban un 10% para sus pensiones. Pero desde ahora en más, el empleador aportará un 7% adicional. También hay que considerar un 1,5% que actualmente cotizan los empleadores por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), totalizando así un 8,5%.

Bajo este escenario, los empleadores tuvieron que empezar a cotizar un 1% adicional para todos su trabajadores a partir de las remuneraciones de agosto. De esa cifra, el 0,1% es depositado en la cuenta de capitalización individual de los afiliados en cada AFP, y el 0,9% se destina al Seguro Social que gestiona el FAPP.

La gradualidad de nueve años contempla que los empleadores coticen otro 1% desde agosto de 2026, un 0,75% adicional en agosto de 2027, otro 0,75% desde agosto de 2028, y luego un 0,7% adicional por cada año entre 2029 y 2033.

A noviembre, el FAPP acumulaba recursos por US$446 millones, gracias a una transferencia de US$200 millones realizada desde el Fondo de Reserva de Pensiones (FRP), además de la recaudación de la nueva cotización con cargo al empleador, que entre agosto y octubre le había permitido recaudar unos US$231 millones.

Todo esto, “con una participación promedio de más de 5,9 millones de cotizantes y cerca de 486 mil empleadores, cifras en línea con las proyecciones realizadas al inicio del proceso de instalación”, según reportó el FAPP el 4 de diciembre.

LA PGU Y OTROS PLAZOS

El próximo año también se cumplen otros plazos clave en la implementación de la reforma previsional.

Por ejemplo, respecto del aumento de la Pensión Garantizada Universal (PGU) a $250 mil. En septiembre de 2025 ya se hizo el primer incremento a ese nivel, pero solo para los mayores de 82 años. En septiembre de 2026 ocurrirá lo mismo para los mayores de 75 años. Mientras que en septiembre de 2027 ya entrará en vigencia para todos los beneficiarios de la PGU.

Adicionalmente, el próximo año, cuando en agosto de 2026 suba un 1% adicional la cotización con cargo al empleador, partirá también la Cotización con Rentabilidad Protegida (CRP), esta es la cotización que da origen al bono de seguridad previsional, por el llamado préstamo reembolsable.

De la cotización total de 8,5% con cargo al empleador (donde un 7% es nuevo), 4,5% irá directo a cuentas individuales que gestionan las AFP, mientras que un 4% va al Seguro Social Previsional que administra el FAPP.

De esto último que gestiona el FAPP, un 1,5% corresponde a Cotización con Rentabilidad Protegida (CRP) para financiar beneficio por años cotizados; mientras que un 2,5% se destina de manera permanente para la compensación a mujeres por su mayor expectativa de Vida y por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).

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