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Diputados postergan para después de Fiestas Patrias votación de multa por no votar

Diputados postergan para después de Fiestas Patrias votación de multa por no votar

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Según el presidente de la Cámara de Diputados, José Miguel Castro (RN), el compromiso era votar dicha normativa junto con los requisitos para la participación de extranjeros este martes, pero la cercanía del “18” incidió en la decisión de postergar.

Diputados postergan para después de Fiestas Patrias votación de multa por no votar
Lunes 15 de septiembre de 2025 09:59
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Finalmente, después de la celebración de Fiestas Patrias, se realizará la votación del proyecto de multa por no sufragar y la reforma sobre los requisitos para la participación de los extranjeros. Según se comentó en el Congreso, la Cámara de Diputados convocará una sesión para el lunes 29 de septiembre, con el fin de debatir ambas propuestas en tercer y segundo trámite, respectivamente.

De acuerdo a la información publicada por El Mercurio, la fecha elegida no fue valorada por todos, pues se interpretó como una dilación. Esto, porque anteriormente la información entregada por el presidente de la Corporación, José Miguel Castro, a través de su cuenta en X -mensaje que luego ya no estaba disponible- señalaba que el compromiso era votar las iniciativas el martes. Quizá la cercanía del 18 incidió en la decisión de postergar, frenando el impulso de resolver a la brevedad sobre ambos textos, considerados vitales para la elección presidencial y parlamentaria de noviembre próximo.

La reforma para el voto migrante requiere un supraquorum de 4/7, es decir, 87 diputados (con una rebaja por los desaforados) y el proyecto de sanción por no sufragar, que fija multas que van desde $34 mil hasta $102 mil, es de norma de mayoría absoluta, por lo que se necesitan 77 votos. Ante el ambiente festivo, existe el riesgo de no alcanzar el apoyo suficiente, según se analizó.

Otro aspecto que dificulta las expectativas es que la aprobación de la reforma condiciona la viabilidad del proyecto de la multa. Esto, porque la segunda norma incide en la sanción al eliminar el vocablo “elector” de la Constitución, lo que permite armonizarla con el término “ciudadano” contenido en la ley.

De no ser así, la normativa, al tener rango orgánico constitucional, correría el riesgo de ser declarada inconstitucional por el TC.

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