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Dipres fija sueldos que recibirán asesores y ministros del Presidente Kast: casi $10 millones mensuales

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El organismo estableció los requisitos, límites de remuneración y condiciones que deberán cumplir estas contrataciones.

Dipres fija sueldos que recibirán asesores y ministros del Presidente Kast: casi $10 millones mensuales
Jueves 19 de marzo de 2026 23:58
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La Dirección de Presupuestos (Dipres) emitió un decreto que regula el procedimiento y los montos para la contratación de asesores estratégicos o principales que presten servicios directamente al Presidente de la República y a los ministros de Estado.

A través del Oficio Circular N°15, el organismo estableció los requisitos, límites de remuneración y condiciones que deberán cumplir estas contrataciones.

El documento señala que se entenderá por asesor estratégico o principal —considerado como un "cupo de excepción"— a quien asesore directamente al Presidente o a ministros en tareas específicas, transitorias y de alta relevancia.

Los profesionales deberán contar con un título profesional de al menos ocho semestres, una experiencia mínima de 10 años y, además, poseer un grado de magíster o doctorado. En caso de cumplir solo parcialmente estas exigencias, se establecen tramos diferenciados de remuneración.

En cuanto a los honorarios brutos mensuales máximos, los asesores del Presidente de la República podrán percibir hasta $9.963.058 mensuales si cumplen con todos los requisitos, mientras que el monto baja a $7.749.045 si cumplen solo parcialmente.

Para asesores de ministros del comité político el tope alcanza los $8.199.480, o $6.377.373 en el tramo inferior. En el resto de los ministerios, los máximos se sitúan en $7.415.182 y $5.767.364, respectivamente.

La Dipres estableció que toda contratación deberá contar previamente con su autorización, además de la visación de la Comisión para la Fijación de Remuneraciones. Cualquier modificación contractual o renovación que implique un aumento en los honorarios deberá someterse nuevamente a este procedimiento.

PURANOTICIA

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