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Cuidadores de niños tienen prioridad legal para solicitar sus vacaciones

Cuidadores de niños tienen prioridad legal para solicitar sus vacaciones

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El beneficio debe solicitarse con al menos 30 días de anticipación.

Cuidadores de niños tienen prioridad legal para solicitar sus vacaciones
Sábado 3 de enero de 2026 10:24
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Este mes se cumplen dos años de la entrada en vigencia de la Ley 21.645, normativa que modificó el Código del Trabajo con el objetivo de fortalecer la protección de la maternidad, paternidad y la vida familiar, incorporando mecanismos de conciliación laboral.

La ley surgió como respuesta a la necesidad de equilibrar las responsabilidades personales y laborales, especialmente tras la experiencia del teletrabajo durante la pandemia. Uno de sus principales avances es el derecho preferente al trabajo a distancia para padres, madres y cuidadores de niños menores de 14 años, así como de personas con discapacidad o dependencia severa o moderada.

En esa misma línea, la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) recordó que los empleadores deben priorizar a cuidadores al momento de organizar las vacaciones, siempre que estos tengan a su cargo niños, niñas y adolescentes menores de 14 años, o hasta los 18 años en caso de discapacidad.

Para ejercer este derecho, las personas trabajadoras deben solicitar su feriado legal dentro del periodo de vacaciones escolares, definido por el Ministerio de Educación, y hacerlo con al menos 30 días de anticipación, de acuerdo con lo establecido por la normativa vigente.

Finalmente, la Suseso precisó que la calidad de cuidador debe ser acreditada formalmente, mediante documentos como certificados de filiación, resoluciones judiciales de cuidado personal, inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad o antecedentes emitidos por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia.

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