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Corte Suprema revierte fallo y ordena bloquear sitios espejo de plataformas de apuestas online

Corte Suprema revierte fallo y ordena bloquear sitios espejo de plataformas de apuestas online

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El máximo tribunal dejó sin efecto la decisión de la Corte de Apelaciones, exigiendo a las compañías que impidan el acceso a las nuevas direcciones de estas plataformas.

Corte Suprema revierte fallo y ordena bloquear sitios espejo de plataformas de apuestas online
Martes 14 de abril de 2026 13:49
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La Corte Suprema resolvió revertir la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago, que había considerado cumplida la orden de bloquear plataformas de apuestas online por parte de las empresas de telecomunicaciones Claro, Entel, GTD, Movistar, WOM y VTR.

Una vez concretada la primera restricción, los sitios de juegos de azar virtuales empezaron a funcionar a través de direcciones espejo. Esta situación impulsó tanto a la Polla Chilena de Beneficencia como a la Lotería de Concepción a exigir la incorporación de estas nuevas URL a la prohibición. Frente a esto, las proveedoras de internet justificaron su inacción aludiendo a posibles riesgos de afectación a otros servicios y a limitaciones técnicas, un argumento que en primera instancia encontró respaldo en el tribunal de alzada capitalino.

Sin embargo, la máxima instancia judicial del país emitió duros cuestionamientos hacia dicha postura. En su dictamen, la Suprema reprochó que “la misma Corte de Apelaciones encargada de llevar a cabo la ejecución de lo fallado admite en su resolución de 18 de marzo de 2026 que no se ha cumplido con lo ordenado”.

A renglón seguido, el documento judicial advierte que el tribunal de alzada “omite en su análisis que la obligación de las recurridas proviene de una sentencia judicial firme que produce el efecto de cosa juzgada y que con ese proceder se termina posibilitando, por omisión, el desarrollo de una actividad respecto de la cual no se ha acreditado que quienes la llevan a cabo cuenten con la debida autorización legal y administrativa”.

Profundizando en las falencias del fallo revocado, los magistrados de la Suprema recalcaron: “Se incurre en el error de tramitación de tener por cumplida la orden impartida en una sentencia firme, en circunstancias que, del mismo tenor de la resolución respectiva, consta que el tribunal asume que ello no es efectivo, ordenando el archivo de la causa”.

Este dictamen se enmarca en una queja dirigida contra los magistrados de la Corte de Apelaciones, específicamente “por la falta o abuso grave que se les atribuye al dictar la resolución de 18 de marzo de 2026”.

Tras esta resolución, la causa regresa ahora a la Corte de Apelaciones. El objetivo de este paso, tal como lo indicó el máximo tribunal, es que “los ministros no inhabilitados que corresponda adopten las medidas encaminadas a obtener el cumplimiento de lo sentenciado en dicho proceso”.

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