
Desde este miércoles se inicia un plazo de cinco días para que la integrante del tribunal de alzada presente su informe, seguido de una audiencia de pleno para escuchar alegatos y resolver.
El Presidente de la Corte Suprema, Ricardo Blanco, firmó la resolución de inicio del cuaderno de remoción en contra de la suspendida ministra de la Corte de Apelaciones de Santiago, Verónica Sabaj.
Esto, tras el sumario que se abrió en enero por sus conversaciones el abogado Luis Hermosilla. Este último, imputado en el marco del denominado caso Audio
El secretario de la Corte Suprema, Jorge Sáez, notificó el martes a la integrante del tribunal de alzada. Por lo tanto, desde este miércoles 27 de agosto comienza el plazo de cinco días para que la ministra presente su informe. Luego de esta entrega, el presidente del máximo tribunal deberá citar a audiencia de pleno para escuchar alegatos y resolver.
Este lunes, el Tribunal Pleno rechazó la apelación de Sabaj Escudero, confirmando la medida disciplinaria de cuatro meses de suspensión.
La decisión de abrir el cuaderno se tomó el 22 de enero pasado, bajo los siguientes fundamentos:
A.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Constitución Política de la República, abrir cuaderno de remoción respecto de la ministra señora Sabaj Escudero.
B.- Atendida la gravedad de los hechos reseñados en el aludido reportaje, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 82 de la Constitución Política de la República y 540 del Código Orgánico de Tribunales, que confiere a esta Corte Suprema el ejercicio de la jurisdicción correccional, disciplinaria y económica sobre todos los tribunales del país, se dispone, desde ya, la medida cautelar de suspensión de todas las funciones propias e inherentes al cargo de ministra de la señora Sabaj Escudero, durante la tramitación del presente cuaderno de remoción.
C.- Habiéndose tomado conocimiento de la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago, en orden a instruir un procedimiento disciplinario en contra de la ministra antes mencionada por los hechos expuestos, se difiere el conocimiento del presente cuaderno, como su decisión, hasta la conclusión de la investigación dispuesta por dicho tribunal de alzada.
(Imagen: Poder Judicial)
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