El máximo tribunal revirtió una decisión de la Corte de Apelaciones de San Miguel había declarado inadmisible el recurso de amparo que presentó la defensa de la exjueza para revertir su medida cautelar de prisión preventiva.
La Corte Suprema declaró admisible el recurso de amparo que presentó la defensa de la exjueza Ángela Vivanco para revertir su medida cautelar de prisión preventiva tras su formalización en la llamada trama bielorrusa.
El máximo tribunal revirtió una decisión de la Corte de Apelaciones de San Miguel había declarado inadmisible la acción.
El recurso fue interpuesto por el abogado Jorge Valladares buscando impugnar la determinación de la Corte de Apelaciones de Santiago del 9 de febrero de 2026, en la que se ratificó la privación de libertad de Vivanco dictada por el 7° Juzgado de Garantía capitalino.
La Suprema determinó que una sala no inhabilitada de la Corte de Apelaciones de San Miguel deberá darle al escrito de la defensa la tramitación que corresponda, a fin de pronunciarse derechamente sobre la acción interpuesta.
La resolución fue adoptada por la Segunda Sala de la Corte Suprema, integrada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, María Cristina Gajardo y Jorge Luis Zepeda y la abogada Pía Verena Tavolari.
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